¡APRENDIENDO A CLASIFICAR MERCANCÍAS CON EL XAVI!
HOY CLASIFICAREMOS “ESPECTRÓGRAFO”
DESCRIPCIÓN DEL PRODUCTO:
Un espectrógrafo es un instrumento utilizado en astronomía para descomponer la luz procedente de objetos celestes en sus diferentes longitudes de onda, lo que permite analizar su composición química, temperatura, velocidad radial y otras propiedades físicas. Su funcionamiento trata de que, la luz que pasa por la rendija es reflejada por un espejo colimador que convierte el haz divergente de luz en un haz paralelo. En ocasiones, en lugar de un espejo se instala una lente o un conjunto de lentes para colimar el haz de luz, y está hecho para fines específicos de la astronomía.
Descripción técnica:
- Peso 5 lbs
- Hecho aleaciones metálicas, fibra de vidrio y aluminio
- Cuenta con un slit, que es una apertura estrecha a través de la cual pasa la luz antes de entrar en el espectrógrafo. Esta apertura controla la cantidad de luz que ingresa al sistema y puede ajustarse para controlar la resolución espectral y la cantidad de luz recogida.
- Cuenta con un colimador, que es una lente o un espejo diseñado para hacer que los rayos de luz sean paralelos entre sí. Esto ayuda a garantizar que la luz esté bien enfocada antes de pasar a través del componente dispersor.
- Cuenta con un detector, que convierte la luz en señales eléctricas que pueden ser registradas y procesadas por un ordenador. Los detectores comunes incluyen CCD (dispositivos de carga acoplada) y fotodiodos, que son sensibles a diferentes longitudes de onda de luz.
- Cuenta un mecanismo de enfoque y ajuste
- Cuentan con un sistema de calibración.
PARA CLASIFICAR CUALQUIER MERCANCÍA UTILIZAREMOS EL MÉTODO EMBUDO
El método embudo es práctico y fácil de entender, siempre y cuando se cuente con los documentos necesarios y un correcto manejo de la información con criterio respaldado en estos documentos. Los mismos que estarán referenciados al final de esta publicación.
Este método cuenta con los siguientes pasos:
- Buscar la o las secciones a considerar (mantener mentalidad abierta)
- Descartar las secciones, revisando las familias de mercancías
- Comparar los capítulos de la sección escogida.
- Establecer en principio una o varias partidas.
- Decidir la partida arancelaria.
- Se debe recurrir a las notas legales, notas explicativas y las 6 reglas generales de interpretación, para contar con respaldo de información que corrobore la partida y subpartida escogida.
- Las notas legales determinan la sección, la regla 1 determina la partida, de la 2 a la 5 descarta las partidas junto con las notas legales y explicativas. Si la partida está subdividida, entonces la regla 6 determina la subpartida arancelaria.
- Para conocer los tributos y restricciones a los que se acoge la mercancía:
- Se debe ingresar a la mesa de servicios de la aduana en el navegador, en la parte de “consulta del arancel”
- Colocar la subpartida arancelaria en el buscador, seleccionar la vigente y luego revisar la información asociada a la mercancía.
Nota: Es importante recordar que:
- El sistema armonizado, están en orden ascendente de mercancías, de las menos hasta las más elaboradas.
- A medida que el grado de elaboración aumenta la materia constitutiva pierde importancia.
- Los productos se clasifican por: su materia constitutiva, función, uso o destino. Y dependerá del grado de elaboración y cómo se presente.
CLASIFICACIÓN DE “ESPECTRÓGRAFO”
En base a la descripción de la mercancía se deduce que es un producto con alto grado de elaboración, es decir es una mercancía terminada y armada, se debe clasificar por su uso o función. Funciona como un instrumento esencial en astronomía que permite descomponer la luz de objetos celestes en sus diferentes longitudes de onda para estudiar sus propiedades físicas y químicas.
Siendo así que según la Regla General Interpretativa 1: “Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos sólo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas.”
- Las secciones y capítulos para considerar serían:
Sección: XVIII Instrumentos y aparatos de óptica, fotografía o cinematografía, de medida, control o precisión; instrumentos y aparatos medico quirúrgicos; aparatos de relojería; instrumentos musicales; partes y accesorios de estos instrumentos o aparatos. (se considera ya que es un instrumento de óptica y precisión)
Capítulo: 90 Instrumentos y aparatos de óptica, fotografía o cinematografía, de medida, control o precisión; instrumentos y aparatos medico quirúrgicos; partes y accesorios de estos instrumentos o aparatos.
- Por lo tanto las partidas a considerar serían:
90.04 Gafas (anteojos) correctoras, protectoras u otras, y artículos similares. (Se descarta porque las notas explicativas describen artículos con lentes de diferentes usos pero no describe el fin específico de esta mercancía)
90.05 Binoculares (incluidos los prismáticos), catalejos, anteojos astronómicos, telescopios ópticos y sus armazones; los demás instrumentos de astronomía y sus armazones, excepto los aparatos de radioastronomía. (Se descarta porque la descripción de las notas explicativas no coincide con el uso de la mercancía)
90.27 Instrumentos y aparatos para análisis físicos o químicos (por ejemplo: polarímetros, refractómetros, espectrómetros, analizadores de gases o humos); instrumentos y aparatos para ensayos de viscosidad, porosidad, dilatación, tensión superficial o similares o para medidas calorimétricas, acústicas o fotométricas (incluidos los exposímetros); microtomos. (Se considera por la descripción de la partida)
Donde las notas explicativas mencionan que:
“Entre los instrumentos y aparatos de esta partida se pueden citar:
…
5) Los espectrómetros, aparatos para la medida de las longitudes de onda de las rayas del espectro de emisión o del de absorción. Estos aparatos constan esencialmente de un colimador de rendija graduable que recibe la luz que se analiza, uno o varios prismas de vidrio orientables, un anteojo de observación y una plataforma. Algunos de estos aparatos, para infrarrojos o ultravioletas, especialmente, utilizan prismas o redes de difracción. A este grupo pertenecen los espectroscopios que se utilizan para la observación de los espectros (disposición de las rayas, etc.); los espectrógrafos que registran el espectro en una placa fotográfica o en una película (espectrogramas); los monocromadores, instrumentos que aíslan una raya determinada del espectro.”
En base a la descripción de las notas explicativas se puede deducir que en esta partida se clasifica la mercancía.
- Ahora para encontrar la subpartida:
Haciendo uso de la Regla General Interpretativa 6: estableciendo que: “La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.:”
Por lo tanto la subpartida para considerar sería:
9027.30.00.00 - Espectrómetros, espectrofotómetros y espectrógrafos que utilicen radiaciones ópticas (UV, visibles, IR)
ENTONCES LOS “ESPECTRÓGRAFO” SE CLASIFICA DENTRO DE:
Sección XVIII | Instrumentos y aparatos de óptica, fotografía o cinematografía, de medida, control o precisión; instrumentos y aparatos medico quirúrgicos; aparatos de relojería; instrumentos musicales; partes y accesorios de estos instrumentos o aparato. |
Capítulo 90 | Instrumentos y aparatos de óptica, fotografía o cinematografía, de medida, control o precisión; instrumentos y aparatos medico quirúrgicos; partes y accesorios de estos instrumentos o aparatos. |
Partida 90.05
| Binoculares (incluidos los prismáticos), catalejos, anteojos astronómicos, telescopios ópticos y sus armazones; los demás instrumentos de astronomía y sus armazones, excepto los aparatos de radioastronomía. |
Subpartida 9027.30.00.00 | - Espectrómetros, espectrofotómetros y espectrógrafos que utilicen radiaciones ópticas (UV, visibles, IR) |
TRIBUTOS ARANCELARIOS DE LA SUBPARTIDA
Arancel Ad-valorem | 0% |
Arancel Específico | 0.00$ |
FODINFA IVA ICE | 0.5% 12% 0% |
Medidas de restricción y autorización
Prohibición: para todos los regímenes desde o hacia la República de Corea, Popular democrática de Corea.
CONCLUSIÓN:
Unos “ESPECTRÓGRAFO” es una mercancía que para su correcta clasificación arancelaria se debe tomar en cuenta las Reglas Generales Interpretativas 1 y 6, las consideraciones generales del capítulo, las notas explicativas de la partida y subpartida consideradas. Además de la función que tiene y la descripción, ya que de esta manera se lograron descartar las demás partidas y subpartidas, siendo así que la mercancía se encuentra clasificada en la Sección XVIII, capítulo 90, partida 90.27 y subpartida 9027.30.00.00. Y además, respecto a los tributos al Comercio Exterior para este producto, son los siguientes: Ad Valorem 0%, IVA 12% y FODINFA 0.5%, por último el producto unicamente tiene la prohibición para importar de Corea del Norte.
RECOMENDACIÓN:
Se recomienda que para importar unos “ESPECTRÓGRAFO” y cualquier tipo de mercancías es importante acudir a un agente aduanero, para verificar si las mismas requieren algún documento de control previo (DCP), licencias o si tiene alguna prohibición para su ingreso al país, también para conocer los tributos al comercio exterior. Es importante mencionar también que se debe tomar en cuenta toda la información relevante para que la clasificación arancelaria sea acertada, y posteriormente hacer una correcta declaración, esto puede evitar demoras, multas de parte de la autoridad aduanera ecuatoriana (SENAE) y contratiempos en general.
FUENTES:
RESOLUCIÓN No. 020-2017 [República del Ecuador, Comité de Comercio Exterior. Nomenclatura de Designación y Codificación de Mercancías del Ecuador. https://www.produccion.gob.ec/wp-content/uploads/2019/06/RESOLUCI%C3%93N-COMEX-020-2017.pdf
Versión Única en Español de las Notas Explicativas del Sistema Armonizado (VUENESA). 25 de julio de 2007. Comunidad Andina. https://www.dane.gov.co/files/sen/nomenclatura/SA2007.pdf
SENAE Servicio Nacional de Aduanas del Ecuador. Consulta del Arancel https://mesadeservicios.aduana.gob.ec/arancel/
AUTOR: Xavier Alexander Velez Salazar