El procedió a aplicar la marca REGULARIZADA, mediante un proceso automático a todas las Declaraciones Aduaneras de Exportación Definitiva (Régimen 40), de acuerdo a las siguientes condiciones:

  • Para las DAE declaradas con tipo de carga contenerizada:

9241991893?profile=original

Para las declaraciones posteriores a las fechas antes mencionada, la colocación de la marca regularizada para los tipos de carga suelta, general y al granel lo deberá ser realizada obligatoriamente por el exportador a través de la opción Regularizar Declaraciones Aduaneras de Exportación de acuerdo al boletín  del 19 de agosto de 2013; y para las declaraciones con tipo de carga contenerizada, el sistema Ecuapass lo realiza de manera automática de conformidad a lo indicado en el Manual Específico SENAE-MEE-2-2-001 Manual Específico para el proceso de exportaciones marítimas y terrestres declaradas como .

Conclusiones:

Si su DAE transmitida en los rangos de fechas mencionados anteriormente no tiene la marca REGULARIZADA pero cumple con las consideraciones antes indicadas, deberá enviar un correo al buzón de transmisiones

sustentando el cumplimiento de las mismas, a fin de poder revisar y corregir en caso de proceder tales casos.

Fuente: http://e-comex-plus.com

Autor: Xavier Herreria

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