A partir del 5 de enero de 2015 se implementan para todas las subpartidas, la Resolución N° 050-2014 emitida por el COMEX, con la aplicación de las salvaguardias para productos originarios de Colombia y Perú.
Según la Constitución de la República del Ecuador en su Art. 304 estipula que: La política comercial tendrá el objetivo de desarrollar, fortalecer, dinamizar los mercados internos a partir del objetivo estratégico establecido en el Plan Nacional de Desarrollo, para fortalecer el aparato productivo y la producción nacional.
El 24 de diciembre del 2014, Ecuador solicitó a la CAN su pronunciamiento breve frente a la aplicación de medidas correctivas de emergencia, por la alteración de las condiciones de competencia causada por las devaluaciones monetarias del peso colombiano y el sol peruano que tiene efectos desfavorables para la economía nacional.
La medida correctiva adoptada por el estado ecuatoriano fue impuesta en términos del artículo 98 del Acuerdo de Cartagena para productos originarios de Colombia y Perú.
- Ad valorem 7% productos peruanos
- Ad valorem 21% productos colombianos
Nota: El derecho aduanero no podrá superar la tarifa arancelaria de nación más favorecida
EJEMPLO:
Adicional se informa que para acceder a la consulta de los valores aplicados, debe hacerlo a través de la opción “Consulta de Detalle de Cupos” del sistema Ecuapass
Conclusión:
Resolución N° 050-2014 ya está en funcionamiento , busca la protección de la economía nacional frente a la devaluación de las monedas de los países de Colombia y Perú, los porcentajes impuestos son del 21% y el 7% respectivamente.
Si la importación de Colombia o Perú viene con Certificado de Origen NO se paga el arancel, pero SÍ la salvaguardia. En cambio si no se presenta con Certificado de Origen se paga el arancel y NO la salvaguardia.
La tasa de la salvaguardia nunca será superior a la tasa del arancel.
Recomendaciones:
Ingresar al porta del sistema Ecuapass para consultar el Detalle de Cupos dependiendo la subpartida arancelaria del producto a importar.
Glosario
- COMEX: Comité de Comercio Exterior
- CAN: Comunidad Andina de Naciones
- Salvaguardia: Restricción temporal de importaciones de un producto que cause o amenace causar daño grave a determinada rama de producción.
- Ad-valórem: Términos porcentuales del valor de aduana de la mercadería.
- Asignación de cupos: Es la determinación del volumen o valor de cupos, donde se tomará en cuenta las condiciones de abastecimiento y la oferta nacional del producto sujeto a contingentes.
Fuente: Servicio Nacional de Aduana del Ecuador – COPCI
Realizado por: María José Guizado A.
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