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Descripción

El bagazo es el residuo del proceso de fabricación del azúcar a partir de la caña, el remanente de los tallos de la caña después de ser extraído el jugo azucarado que ésta contiene; se ha empleado tradicionalmente en los países azucareros como materia prima para la producción de energía en las calderas de los ingenios o centrales azucareros y su empleo en la manufactura de papel, además de la fabricación de paneles aglomerados de fibras y de partículas y celulosa para derivados farmacéuticos y aditivos de alimentos.

El bagazo de caña es un material 100% natural, considerado un subproducto, actualmente es utilizado en todo el mundo para fabricación de papel, envases y utensilios de un solo uso.

CRITERIOS GENERALES DE CLASIFICACIÓN

Aplicación de las Reglas Generales Interpretativas:

Para la correcta clasificación de este producto, se toma en cuenta las reglas generales interpretativas 1 y 6, que mencionan lo siguiente:

RGI 1: Los títulos de las secciones, capítulos y los subcapítulos, solo tendrán valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de partida y de las notas de sección o capítulos y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las reglas siguientes.

RGI 6: La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, mutatis mutandis, por las reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en lo contrario.

CONSIDERACIONES GENERALES

Las Consideraciones Generales del capítulo 23 mencionan lo siguiente:

Este Capítulo comprende diversos residuos y desperdicios procedentes del tratamiento de las materias vegetales empleadas en las industrias alimentarias, así como ciertos productos residuales de origen animal. La mayoría de estos productos tienen un empleo idéntico y casi exclusivo: la alimentación de animales, aisladamente o mezclados con otras sustancias, aunque algunos pueden ser aptos para la alimentación humana. Algunos de estos productos, por ejemplo, lías de vino, tártaro, tortas, etc., tienen aplicaciones industriales.

Notas explicativas

Dentro de las notas explicativas de la partida 23.03 se menciona que:

Esta partida comprende, entre otros:

A) Los residuos de la industria del almidón y residuos similares y, especialmente, los desperdicios de la extracción de almidón o fécula a partir de maíz, arroz, trigo, papas (patatas), etc., constituidos principalmente por sustancias fibrosas y materias proteicas. Se presentan habitualmente en forma de “pellets” o de sémola y algunas veces en panes del mismo modo que las tortas de extracción de aceites y se utilizan como alimento para animales o como abono. Algunos de estos residuos, tales como las aguas de remojo del maíz, se utilizan como medio de cultivo para la preparación de ciertos antibióticos, levaduras, etc.

B) La pulpa de remolacha, es el residuo de la extracción del azúcar de la remolacha azucarera y consiste en rodajas agotadas. Puede presentarse húmeda o desecada, pero si se le han añadido melazas u otros productos con objeto de preparar alimentos para animales, corresponde a la partida 23.09.

C) El bagazo, residuo constituido por las partes fibrosas de la caña de azúcar, después de la extracción del jugo. Se emplea en la industria papelera y en la preparación de alimentos para animales.

D) Los demás desperdicios de la industria azucarera, entre los que se pueden citar las espumas de defecación, los residuos procedentes de los filtros prensa, etc.

E) Las heces y desperdicios de cervecería o destilería.

POSICIÓN ARANCELARIA DEL PRODUCTO

Según lo mencionado anteriormente, se examina las subpartidas arancelarias dentro de la partida 23.03:

Sección IV

Productos de las industrias alimentarias; bebidas, líquidos alcohólicos y vinagre; tabaco y sucedáneos del tabaco elaborados

Capítulo 23

Residuos y desperdicios de las industrias alimentarias;

alimentos preparados para animales

Partida 23.03

Residuos de la industria del almidón y residuos similares, pulpa de remolacha, bagazo de caña de azúcar y demás desperdicios de la industria azucarera, heces y desperdicios de cervecería o de destilería, incluso en «pellets».

Partida 2303.20.00.00

- Pulpa de remolacha, bagazo de caña de azúcar y demás desperdicios de la industria azucarera

 CONSIDERACIONES ARANCELARIAS Y NO ARANCELARIAS

De acuerdo a la página web del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador (SENAE), los tributos a pagar son los siguientes:

Tarifa Arancelaria

  • Ad-Valorem: 0%
  • Fodinfa: 0,5%
  • IVA: 12%

Medidas no arancelarias

De acuerdo a la página web oficial del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador (SENAE) esta mercancía no presenta ninguna restricción o prohibición para su importación por lo tanto no requiere de la presentación de Documentos de Control Previo.

 

Conclusión

Se concluye que el “sorbitol” se clasifica en la Sección IV (Productos de las industrias alimentarias; bebidas, líquidos alcohólicos y vinagre; tabaco y sucedáneos del tabaco elaborados), en el Capítulo 23 (Residuos y desperdicios de las industrias alimentarias; alimentos preparados para animales), partida 23.03 (Residuos de la industria del almidón y residuos similares, pulpa de remolacha, bagazo de caña de azúcar y demás desperdicios de la industria azucarera, heces y desperdicios de cervecería o de destilería, incluso en «pellets».) y en la subpartida 2303.20.00.00 (- Pulpa de remolacha, bagazo de caña de azúcar y demás desperdicios de la industria azucarera) en aplicación de la 1° Y 6° Reglas Generales para la Interpretación de la Nomenclatura del Arancel del Ecuador. Los tributos a pagar son Ad-Valorem de 0%, Fodinfa de 0,5%, e IVA de 12%. Además, el producto no presenta ninguna restricción o prohibición para su importación por lo tanto no requiere de la presentación de Documentos de Control Previo.

Recomendación

Se recomienda realizar una investigación precisa del producto que se desea importar ya sea sus características, su origen, y demás, para poder clasificarlo de manera correcta y así evitar cualquier inconveniente. Además, es importante siempre tener en cuenta las reglas interpretativas y las notas explicativas para argumentar su clasificación.

 

 

 

Fuentes

CAN. (2007). VERSIÓN ÚNICA EN ESPAÑOL DE LAS NOTAS EXPLICATIVAS DEL SISTEMA ARMONIZADO (VUENESA). Recuperado de: https://www.dane.gov.co/files/sen/nomenclatura/SA2007.pdf

EZPAK (2020). 8 Cosas que no sabías sobre el bagazo de caña. https://ezpak.mx/blogs/news/bagazo-de-cana

Ministerio de Comercio Exterior. (2017). RESOLUCIÓN-COMEX-020-2017.

SENAE: https://mesadeservicios.aduana.gob.ec/arancel/

 

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