IMPORTACIÓN DE UN ALAMBRE DE PÚAS

IMPORTACIÓN DE UN ALAMBRE DE PÚAS
  1. Descripción del Producto

El alambre de púas se fabrica partiendo de alambre galvanizado, está compuesto por una línea formada por dos alambres con torsión continua y dos hilos entrelazados que forman las púas.

La construcción tipo torsión alterna en la fabricación de alambre de púas la forman dos líneas con torsión alterna, esto significa que las torsiones de las líneas del alambre de púas parten de una dirección y cuando se sobreponen la púa cambia el sentido, con este cambio de dirección los esfuerzos encontrados en dirección opuesta se anulan, proporcionando un producto compensado que no genera bucles al desenrollarlo.

  1. Análisis arancelario de la mercancía

            La clasificación arancelaria del producto descrito anteriormente del presente informe se fundamenta en las siguientes Reglas Generales para la Interpretación de la Nomenclatura Arancelaria.

 

  • Sección XV: Metales comunes y manufacturas de estos metales
  • Capítulo 73: Manufacturas de fundición, hierro o acero.

 

REGLAS GENERALES INTERPRETATIVAS

Para determinar la clasificación arancelaria de la mercancía a nivel de partida, se toma en consideración las Reglas Generales Interpretativas del Sistema Armonizado:

RGI 1: Los títulos de las secciones, capítulos y los subcapítulos, solo tendrán valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de partida y de las notas de sección o capítulos y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las reglas siguientes

Se considera la aplicación de la Regla General Interpretativa 1 , ya que el artículo tiene un valor indicativo ya que su clasificación esta determinada legalmente por los textos de partida y de las notas de sección

RG6: La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, mutatis mutandis, por las reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario

Se considera la Regla General Interpretativa 6 para la determinación de la clasificación arancelaria a nivel de subpartida 

 

De esta forma, la partida que se toma en consideración es: 

  • 73.13 ALAMBRE DE PÚAS, DE HIERRO O ACERO; ALAMBRE (SIMPLE O DOBLE) Y FLEJE, TORCIDOS, INCLUSO CON PÚAS, DE HIERRO O ACERO, DE LOS TIPOS UTILIZADOS PARA CERCAR. (Sección XV - Capítulo 73)

En virtud de lo analizado, se examinará las subpartidas arancelarias comprendidas dentro de la partida “73.13”

73.13

ALAMBRE DE PÚAS, DE HIERRO O ACERO; ALAMBRE (SIMPLE O DOBLE) Y FLEJE, TORCIDOS, INCLUSO CON PÚAS, DE HIERRO O ACERO, DE LOS TIPOS UTILIZADOS PARA CERCAR

7313.00.10.00

- Alambre de púas

De esta forma, al compararse las subpartidas del mismo nivel para la Interpretación de la Nomenclatura Arancelaria, se considera la partida 73.23; por lo tanto, se define la subpartida 7313.00.10.00  -Alambre de púas.

Texto de subpartida

7313.00.10.00

- Alambre de púas  

NOTAS EXPLICATIVAS:

N.E. Pág. 816- Numeral 2 y 4, Cuarta Enmienda del Sistema Armonizado

Capítulo 73

2.- En este Capítulo el término alambre se refiere a los productos obtenidos en caliente o en frío cuya sección transversal, cualquiera que fuese su forma, sea inferior o igual a 16 mm en su mayor dimensión.  

 

Partida 73.13:

Esta partida comprende los artículos utilizados para cercar que consisten en:

Alambre de hierro o acero que responda a las especificaciones de la Nota 2 del presente Capítulo, muy ligeramente torcidos y con púas o fragmentos de chapa cortados a intervalos próximos; estos artículos constituyen el verdadero alambre de púas (alambre de espino).

Simples torcidas sin púas, con las espiras muy flojas y poco juntas, hechas con dos alambres de hierro o acero que cumplan las especificaciones de la Nota 2 del presente Capítulo, manifiestamente destinadas a utilizarse como cercados.

Se excluyen de esta partida los artículos para cercar que presenten las características mencionadas en la Nota Explicativa de la partida 73.12.

 

NOTAS LEGALES: 

Notas legales del capítulo 73

  1. En este Capítulo, se entiende por fundición el producto obtenido por moldeo que no responda a la composición química del acero definido en la Nota 1 d) del Capítulo 72, en el que el hierro predomine en peso sobre cada uno de los demás elementos.

 

  1. En este Capítulo, el término alambre se refiere a los productos obtenidos en caliente o en frío cuya sección transversal, cualquiera que fuese su forma, sea inferior o igual a 16 mm en su mayor dimensión.

NL - S XV- C73- Sp- 7313.00.10.00

 

GRAVÁMENES VIGENTES

  • Unidad de Medida: Kilogramo (Kg)
  • Arancel: 25%
  • IVA: 12%
  • FODINFA:5%

 

CONCLUSIÓN

En virtud del análisis y la composición del alambre de púas  se logró realizar la clasificación arancelaria y con ello se llegó a la conclusión que las chapas de aluminio se clasifican en la subpartida 7313.00.10.00, así también podemos observar que este producto  cuenta con un arancel advalorem del 25 %, y esta información es de gran importancia para el importador ya que puede analizar la cantidad que vaya importar , aquí también se incluyen los impuestos nacionales como es el IVA y al FODINFA, para la clasificación arancelaria del producto se empleó las Reglas Generales Interpretativas 1 y 6, y para su correcta clasificación se empleó las notas explicativas de sección, de capitulo y de partidas del arancel nacional.

 

RECOMEDACIONES

Es importante que se realice un proceso adecuado clasificación arancelaria del producto puesto que con una buena clasificación se evite posibles multas y la agilización de los procesos aduaneros. También es necesario consultar en el arancel del ecuador, para poder consultar con rapidez y facilidad los tributos fijos a pagar correspondientes a cada producto con su subpartida, así como también sus restricciones y prohibiciones, siempre tomando en cuenta la vigencia de las resoluciones. 

 

Referencias

Servicio Nacional de Aduana del Ecuador, Arancel del Ecuador, Pag. 270-271. (Ecuador, 2017)

SENAE browser. Adm. De nomenclatura y características de mercancías. Fecha de recuperación: 13-11-2022: https://mesadeservicios.aduana.gob.ec/arancel/

Notas explicativas que incorporan la cuarta enmienda del sistema armonizado

https://www.dane.gov.co/files/sen/nomenclatura/SA2007.pdf

 

 

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