Descripción del producto
Calentador de agua eléctrico
Este calentador de agua eléctrico sin tanque es la solución perfecta para quienes buscan una fuente de agua caliente instantánea y eficiente. Con un caudal máximo de 1,5 galones por minuto, es ideal solo para uso en interiores y se puede montar fácilmente en la pared utilizando el método de instalación proporcionado.
Equipado con una pantalla y funciones digitales, este calentador de agua rectangular negro cuenta con una potencia de 5,5 KW y una potencia calorífica de 5,5 kilovatios. Su bombilla LED y su voltaje de 240 voltios la convierten en una opción ecológica. Con un peso de sólo 6,6 libras, este calentador de agua sin tanque es una excelente adición a cualquier hogar y seguramente proporcionará un suministro constante de agua caliente a pedido.
* Bobina de fuga integrada, detección inteligente automática de fugas, cuando la corriente de fuga alcanza los 15 mA, cortará automáticamente la Alimentación para garantizar la seguridad.
* 98.3% ALTA EFICIENCIA TÉRMICA, ahorrando energía y sus facturas.
* Temperatura constante, la temperatura del agua no cambiará debido a factores externo
Modelo | SG01-60 |
Potencia | 4000W 5000W 6000W |
Voltaje | 220-240V |
El rango de corriente | 0-27A |
Presión agua | 0.02Mpa-0.6Mpa, 3Psi-87Psi |
Flujo de agua | 2L/min, 0,6 GPM-1,6 GPM |
Ajuste de temperatura | 25 ℃ - 55 ℃/77 ℉-131 ℉ |
Instalación | Montado en la pared |
Grado impermeable | IPX4 |
Lugar de Origen | CHINA |
Tamaño del producto | 395*260*75mm |
Tamaño del embalaje | 380*130*260mm |
Material de la carcasa | Plástico |
Reglas Generales
- Regla 1. Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes:
- Notas explicativas Regla 1:
La segunda parte de la Regla prevé que la clasificación se determine: a) según el texto de las partidas y de las Notas de Sección o Capítulo |
- Regla 6. La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.
Con la Regla 1 y las Notas explicativas asociadas, la clasificación se determina conforme al texto de las partidas y las Notas de Sección o Capítulo. En este caso, la nota 84.19 q) Los calentadores eléctricos de inmersión para el calentamiento de materias líquidas, pastosas (distintas de las sólidas) o gaseosas, así como los calentadores eléctricos de inmersión montados permanentemente en tanques y concebidos para el calentamiento exclusivamente del agua (partida 85.16); establece claramente que los calentadores eléctricos de inmersión para el calentamiento exclusivo del agua se encuentran clasificados en la partida 85.16 y que los que se clasifican en la 84.14, hay que observar que, salvo los calentadores de agua y de baño, esta partida comprende únicamente los aparatos que no sean domésticos
La aplicación de la Regla 6 y las notas explicativas del Capítulo 85 confirman que la clasificación se realiza según los textos de las subpartidas y las Notas de subpartida. La información proporcionada en las Notas explicativas del Capítulo 85. Indica especialmente en relación con los aparatos electrotérmicos, que sólo algunos de estos aparatos (hornos industriales, calentadores de agua. aparatos para la calefacción de locales, aparatos de uso doméstico, etc.) se clasifican en las partidas 85.14 y 85.16. destaca explícitamente que los calentadores de agua eléctricos se clasifican en la partida 85.16
Notas de la sección 85.16 A.- CALENTADORES ELECTRICOS DE AGUA DE CALENTAMIENTO INSTANTANEO O ACUMULACION Y CALENTADORES ELECTRICOS DE INMERSION Entre los diversos aparatos de este grupo, se pueden citar: 1) Los calentadores de agua llamados instantáneos, que elevan rápidamente la temperatura del agua al grado deseado por contacto directo con las fundas que contienen las resistencias.
Las Notas de la Sección 85.16 A detallan específicamente que los calentadores eléctricos de agua, incluyendo los de inmersión, se encuentran clasificados en la partida 85.16. La descripción proporcionada del calentador de agua eléctrico como un dispositivo de inmersión para el calentamiento exclusivo del agua se alinea con esta categoría.
Clasificación Arancelaria
Sección | XVI | MAQUINAS Y APARATOS, MATERIAL ELECTRICO Y SUS PARTES; APARATOS DE GRABACION O REPRODUCCION DE SONIDO, APARATOS DE GRABACION O REPRODUCCION DE IMAGEN Y SONIDO EN TELEVISION, Y LAS PARTES Y ACCESORIOS DE ESTOS APARATOS |
Capitulo | 85 | Máquinas, aparatos y material eléctrico, y sus partes; aparatos de grabación o reproducción de sonido, aparatos de grabación o reproducción de imagen y sonido en televisión, y las partes y accesorios de estos aparatos |
Partida | 8516 | Calentadores eléctricos de agua de calentamiento instantáneo o acumulación y calentadores eléctricos de inmersión; aparatos eléctricos para calefacción de espacios o suelos; aparatos electrotérmicos para el cuidado del cabello (por ejemplo: secadores, rizadores, calienta tenacillas) o para secar las manos; planchas eléctricas; los demás aparatos electrotérmicos de uso doméstico; resistencias calentadoras, excepto las de la partida 85.45. |
Subpartida | 8516.10.00.00 | - Calentadores eléctricos de agua de calentamiento instantáneo o acumulación y calentadores eléctricos de inmersión |
Tributos Aduaneros
AD VALOREM | 30 |
FODINFA | 0.5 |
IVA | 12 |
Restricción y prohibición
Código de Régimen | Importación a consumo |
Tipo de Restricción: | Prohibición |
Código de requisito: | Ninguno no existe ningún requisito previo |
Prohibiciones: | Importación República de Corea, Popular Democrática (Corea del Norte) |
Criterio Adicional de Aplicación | NINGUNO |
Instancia para Validación de Vigencia de Restricción | FECHA DE ACEPTACION DE LA DECLARACION ADUANERA |
Descripción | Resolución 2397(2017) del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas: Medidas dirigidas a la República Popular Democrática de Corea (Corea del Norte), Memorando Nro. MREMH-ONUNY-2017-1733-M, Oficio Nro. MREMH-DSNU-2018-0052-O, Memorando Nro. SENAE-DRAI-2018-0006-M,Oficio Nro. MCEI-CCOMEX-2018-0036-O |
Conclusiones
- El calentador se clasifica correctamente en la partida 8516, según las Reglas 1 y 6, y las Notas de la Sección 85.16.
- Las características del calentador coinciden con las descripciones de la Nota 84.19 q) y las Notas de la Sección 85.16 A
- El calentador está sujeto a un arancel ad valorem del 30%, FODINFA del 0.5%, y un IVA del 12%.
Recomendaciones
- Verificar siempre la clasificación arancelaria según las reglas establecidas y Revisar las notas explicativas para garantizar una clasificación precisa.
- Utilizar descripciones detalladas y específicas del producto para facilitar su clasificación arancelaria, como también, Confirmar que el producto se ajuste a la descripción de la partida arancelaria correspondiente.
- verificar y cumplir con los tributos aduaneros correspondientes para evitar inconvenientes.
Fuentes
COMUNIDAD ANDINA. NOTAS EXPLICATIVAS QUE INCORPORAN LA CUERTA ENMIENDA DEL SISTEMA ARMONIZADO.
https://www.dane.gov.co/files/sen/nomenclatura/SA2007.pdf
REPÚBLICA DEL ECUADOR COMITÉ DE COMERCIO EXTERIOR. NOMENCLATURA DE DESIGNACIÓN Y CODIFICACIÓN DE MERCANCÍAS DEL ECUADOR_ RESOLUCIÓN No. 020-2017. https://www.produccion.gob.ec/wp-content/uploads/2019/06/RESOLUCI%C3%93N-COMEX-020-2017.pdf
SERVICIO NACIONAL DE ADUANAS DEL ECUADOR (2023). CONSULTA ARANCEL. https://mesadeservicios.aduana.gob.ec/arancel/
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