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Introducción

Las maletas de bambú son una fascinante y sostenible alternativa a las tradicionales maletas fabricadas con materiales como plástico, cuero o metal. Estas maletas están elaboradas principalmente a partir de bambú, una planta de rápido crecimiento y renovable que se ha convertido en una opción cada vez más popular debido a su resistencia, ligereza y belleza natural.

El bambú, conocido por su versatilidad y durabilidad, ha sido utilizado durante siglos en diversas culturas asiáticas para la fabricación de una amplia variedad de productos, incluyendo muebles, utensilios, estructuras y ahora, maletas. Su utilización en la creación de maletas muestra un enfoque hacia la sostenibilidad y el respeto por el medio ambiente, ya que es una materia prima que se puede cosechar sin dañar el ecosistema y que se regenera rápidamente. 

Estas maletas no solo son una opción eco-amigable, sino que también ofrecen un diseño único y elegante, lo que las convierte en una declaración de estilo para aquellos que buscan un enfoque más consciente hacia la moda y los productos de viaje. Con una combinación de técnicas artesanales y modernas, las maletas de bambú son cuidadosamente confeccionadas para ofrecer la máxima funcionalidad y comodidad para el viajero moderno.

Objetivo General

Definir la clasificación arancelaria de las maletas ecológicas de bambú para su importación.

Objetivos Específicos

Identificar el tipo de acabado y manufactura de las maletas ecológicas de bambú para su correcta clasificación.

Distinguir los diferentes tipos de manufacturas de bambú.

Reglas Generales Interpretativas

REGLA 2

B) Cualquier referencia a una materia en una partida determinada alcanza a dicha materia, incluso mezclada o asociada con otras materias. Asimismo, cualquier referencia a las manufacturas de una materia determinada alcanza también a las constituidas total o parcialmente por dicha materia. La clasificación de estos productos mezclados o de estos artículos compuestos se efectuará de acuerdo con los principios enunciados en la regla 3.

REGLA 3

A) La partida con descripción más específica tendrá prioridad sobre las partidas de alcance más genérico. Sin embargo, cuando dos o más partidas se refieran, cada una, solamente a una parte de las materias que constituyen un producto mezclado o un artículo compuesto o solamente a una parte de los artículos, en el caso de mercancías presentadas en juegos o surtidos acondicionados para la venta al por menor, tales partidas deben considerarse igualmente específicas para dicho producto o artículo, incluso si una de ellas lo describe de manera más precisa o completa.

Posición arancelaria

Sección: IX:  MADERA, CARBÓN VEGETAL Y MANUFACTURAS DE MADERA; CORCHO Y SUS MANUFACTURAS; MANUFACTURAS DE ESPARTERÍA O CESTERÍA.

- Capítulo:  46 Manufacturas de espartería o cestería

- Partida: 46.02 Artículos de cestería obtenidos directamente en su forma con materia trenzable o confeccionados con artículos de la partida 46.01; manufacturas de esponja vegetal (paste o «lufa»).

- Subpartida:  4602.11.00.00 - - De bambú

Información arancelaria

IVA: 12%     Ad Valorem: 30%     Fodinfa:0.5%    

Notas Explicativas

46.02 ARTICULOS DE CESTERIA OBTENIDOS DIRECTAMENTE EN SU FORMA CON MATERIA TRENZABLE O CONFECCIONADOS CON ARTICULOS DE LA PARTIDA 46.01; MANUFACTURAS

DE ESPONJA VEGETAL (PASTE O “LUFA”).

 – De materia vegetal:

4602.11 – – De bambú.

4602.12 – – De ratán (roten).

4602.19 – – Las demás.

4602.90 – Los demás.

 Salvo las exclusiones que figuran en las Consideraciones Generales de este Capítulo, esta partida

comprende:

1°) los artículos obtenidos directamente en su forma a partir de materias trenzables;

2°) los artículos obtenidos a partir de los productos ya ensamblados de la partida 46.01, es decir, a partir de trenzas o de artículos similares o también de materias trenzables tejidas planas o paralelizadas.  Sin embargo, esta partida no comprende los artículos terminados de la partida 46.01, a saber, las materias trenzables, las trenzas y los artículos similares de materias trenzables que tengan el carácter de artículos acabados por el hecho de estar tejidos o paralelizados, planos (por ejemplo, esteras, esterillas y cañizos): véase la Nota Explicativa de la partida 46.01, apartado B) 2); y

3°) los artículos de paste o “lufa”, tales como estropajos y guantes de fricción, incluso forrados.

 Se clasifican en esta partida principalmente:

1) Las cestas (incluso con ruedas), los cestos y cuévanos de cualquier clase y para cualquier uso, incluidas las cestas para pescado o para frutas.

2) Las banastas, canastas y envases similares de tablillas o cintas de madera entrelazadas. Sin embargo, estos artículos de tablillas o cintas de madera sin entrelazar se clasifican en la partida 44.15.

3) Las maletas (valijas) y los baúles de viaje.

4) Los capachos y bolsos de mano.

5) Las nasas para pescados, jaulas para bogavantes y artículos similares; las jaulas para pájaros y las colmenas.

6) Las bandejas, las cestas para servir el vino, sacudidores para limpiar alfombras y los artículos domésticos.

7) Algunos motivos decorativos para modistas y demás ornamentos de fantasía que no constituyan artículos de la partida 67.02.

8) Las fundas de paja para botellas. Estos artículos suelen tener forma de un cono hueco y están constituidos por tallos de paja o de materias similares toscamente paralelizados, sujetos por hilados o cuerdas de materias textiles.

9) Las esteras obtenidas por ensamblado de trenzas largas en forma de rectángulos, círculos, etc., y sujeto el conjunto con cuerdas.

 

Conclusión

Una vez realizado el estudio del capítulo 46 que comprende de MANUFACTURAS DE ESPARTERIA O DE CESTERIA, tanto en la nomenclatura de designación y codificación de mercancías del Ecuador y en las notas explicativas que incorporan la cuarta enmienda del sistema armonizado se concluye que las maletas ecológicas de bambú se clasifican en la subpartida arancelaria: 4602.11.00.00 – Artículos de cestería obtenidos directamente en su forma con materia trenzable o confeccionados con artículos de la partida 46.01; manufacturas de esponja vegetal (paste o «lufa»).

Recomendaciones

Se recomienda tener en cuenta que para poder clasificar este producto es fundamental conocer sus características y para que será utilizado, existen distintos tipos de manufacturas y con diferentes procesos que se pueden clasificar en este capítulo, y cada uno tiene su partida y subpartida correspondiente, por su forma de presentación, componente, proceso o terminado se debe tener en cuenta que estos tienen que cumplir con las notas explicativas del sistema armonizado.

Referencias

Comité de Comercio Exterior del Ecuador. (2017). Nomenclatura de Designación y Codificación de Mercancías del Ecuador. http://www.pudeleco.com/files/a17026a.pdf

Comunidad Andina de Naciones “CAN”. (2007). Versión Única en Español de las Notas Explicativas del Sistema Armonizado (VUENESA).

https://www.dane.gov.co/files/sen/nomenclatura/SA2007.pdf

Servicio Nacional de Aduanas del Ecuador [SENAE]. (2022). Consulta del Arancel.

https://mesadeservicios.aduana.gob.ec/arancel/

 

 

 

 

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