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Introducción

Los bloques de corcho, un material natural y versátil, han sido apreciados durante siglos por su amplia gama de aplicaciones y beneficios. Proveniente de la corteza del alcornoque (Quercus suber), un árbol que se encuentra principalmente en regiones del Mediterráneo occidental, el corcho es un recurso renovable que combina propiedades únicas de resistencia, aislamiento y sostenibilidad.

El corcho ha capturado la atención de diversas industrias debido a sus características notables. Desde su uso tradicional en la fabricación de tapones de botellas de vino hasta su papel en la construcción sostenible y la moda contemporánea, los bloques de corcho continúan demostrando su versatilidad y adaptabilidad en un mundo impulsado por la innovación y la conciencia ambiental.

En esta exploración, descubriremos las múltiples aplicaciones y ventajas de los bloques de corcho, desde su contribución a la reducción del impacto ambiental hasta su papel en la creación de diseños arquitectónicos únicos. Adentrémonos en el mundo del corcho, un material que une la tradición con la modernidad y la funcionalidad con la sostenibilidad.

Objetivo General

Definir la clasificación arancelaria de los bloques de corcho para su importación.

Objetivos Específicos

Identificar el tipo de corcho y su etapa de procesamiento utilizada para su correcta clasificación.

Distinguir los diferentes tipos de corcho y sus diferentes clasificaciones.

Reglas Generales Interpretativas

            REGLA 2

  1. B) Cualquier referencia a una materia en una partida determinada alcanza a dicha materia, incluso mezclada o asociada con otras materias. Asimismo, cualquier referencia a las manufacturas de una materia determinada alcanza también a las constituidas total o parcialmente por dicha materia. La clasificación de estos productos mezclados o de estos artículos compuestos se efectuará de acuerdo con los principios enunciados en la regla 3.

REGLA 3

  1. A) La partida con descripción más específica tendrá prioridad sobre las partidas de alcance más genérico. Sin embargo, cuando dos o más partidas se refieran, cada una, solamente a una parte de las materias que constituyen un producto mezclado o un artículo compuesto o solamente a una parte de los artículos, en el caso de mercancías presentadas en juegos o surtidos acondicionados para la venta al por menor, tales partidas deben considerarse igualmente específicas para dicho producto o artículo, incluso si una de ellas lo describe de manera más precisa o completa.

 Posición arancelaria

Sección: IX:  MADERA, CARBÓN VEGETAL Y MANUFACTURAS DE MADERA; CORCHO Y SUS MANUFACTURAS; MANUFACTURAS DE ESPARTERÍA O CESTERÍA

- Capítulo:  45 CORCHO Y SUS MANUFACTURAS

- Partida: 45.02 Corcho natural, descortezado o simplemente escuadrado o en bloques, placas, hojas o tiras, cuadradas o rectangulares (incluidos los esbozos con aristas vivas para tapones).

- Subpartida: 4502.00.00.00 Corcho natural, descortezado o simplemente escuadrado o en bloques, placas, hojas o tiras, cuadradas o rectangulares (incluidos los esbozos con aristas vivas para tapones).

Información arancelaria

IVA: 12%     Ad Valorem: 5%     Fodinfa:0.5%    

Información Pararancelaria

Tipo de Restricción: PRESENTACION DE REQUISITO

Código de Institución: AGENCIA DE REGULACION Y CONTROL FITO Y ZOOSANITARIO - AGROCALIDAD        

Código de Requisito: DCP. – Documento de control previo.

DDA. – Documento de destinación aduanera.

Instancia para validación de vigencia de restricción:

DCP. – Fecha de aceptación de la declaración aduanera.

DDA. – Fecha de cierre de aforo.

Descripción: Permiso Fitosanitario de Importación y Documento de Destinación Aduanera

Código de Norma (Base Legal): RESOLUCION N°020-2017 EL PLENO DEL COMEX 

Notas Explicativas

45.02 CORCHO NATURAL, DESCORTEZADO O SIMPLEMENTE ESCUADRADO, O EN BLOQUES,PLACAS, HOJAS O TIRAS, CUADRADAS O RECTANGULARES (INCLUIDOS LOS ESBOZOS CONARISTAS VIVAS PARA TAPONES).

 Esta partida comprende las planchas de corcho natural:

1) con la superficie externa despojada de la totalidad de la corteza por aserrado o de otro modo (corcho descortezado); o

2) con las superficies externa e interna cortadas con sierra o de otro modo para conseguir un paralelismo aproximado de las caras (corcho escuadrado).

 Esta partida comprende también los productos más elaborados, como bloques, placas, hojas o tiras decorcho, cuadradas o rectangulares, obtenidos por corte de placas de corcho en bruto de la partida 45.01, cuyas caras y bordes se han enderezado. Estos productos se clasifican aquí, aunque consistan en capas de corcho superpuestas y encoladas.

 Los bloques, placas, hojas y tiras cortados en forma distinta de la cuadrada o rectangular se clasifican como manufacturas (partida 45.03).

 Están también comprendidas aquí las hojas de corcho reforzadas con papel o tejido, así como las tiras de corcho muy delgadas para boquillas de cigarrillos. Las hojas y tiras muy delgadas de corcho, incluso sin revestir con papel, se llaman a veces papel corcho.

 Esta partida comprende igualmente los esbozos para tapones presentados en forma de cubos o prismas con aristas vivas, incluso cuando están compuestos de dos o más partes encoladas. Los cubos y prismas con las aristas redondeadas se clasifican en la partida 45.03.

Conclusión

Una vez realizado el estudio del capítulo 45 que comprende del corcho y sus manufacturas, tanto en la nomenclatura de designación y codificación de mercancías del Ecuador y en las notas explicativas que incorporan la cuarta enmienda del sistema armonizado se concluye que los bloques de corcho se clasifican en la subpartida arancelaria: 4502.00.00.00 Corcho natural, descortezado o simplemente escuadrado o en bloques, placas, hojas o tiras, cuadradas o rectangulares (incluidos los esbozos con aristas vivas para tapones).

Recomendaciones

Se recomienda tener en cuenta que para poder clasificar este producto es fundamental conocer sus características y para que será utilizado, existen distintos tipos de manufacturas y con diferentes procesos que se pueden clasificar en este capítulo, y cada uno tiene su partida y subpartida correspondiente, por su forma de presentación, componente, proceso o terminado se debe tener en cuenta que estos tienen que cumplir con las notas explicativas del sistema armonizado.

Referencias

Comité de Comercio Exterior del Ecuador. (2017). Nomenclatura de Designación y Codificación de Mercancías del Ecuador. http://www.pudeleco.com/files/a17026a.pdf

Comunidad Andina de Naciones “CAN”. (2007). Versión Única en Español de las Notas Explicativas del Sistema Armonizado (VUENESA).

https://www.dane.gov.co/files/sen/nomenclatura/SA2007.pdf

Servicio Nacional de Aduanas del Ecuador [SENAE]. (2022). Consulta del Arancel.

https://mesadeservicios.aduana.gob.ec/arancel/

 

 

 

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