Clasificación Arancelaria de Papel Kraft

CLASIFICACIÓN ARANCELARIA DE PAPEL KRAFT

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La palabra “Kraft” procede del sueco y el alemán, significando “resistencia o fuerza”. El papel Kraft es una clase de papel grueso y basto de color marrón, fabricado a base de pasta química, sin blanquear y sometido a una rápida cocción. Es resistente al desgarro y la tracción, es más resistente que otras clases de papel convencional.  

Existen distintas clases de papel Kraft con diferentes dimensiones y gramajes, basados en el uso que se le vaya a dar tales como: papel Kraft blanco, café, satinado, cubierto con polímeros, blanqueado sólido, papel Kraft para bolsas, entre otros.

REGLAS GENERALES INTERPRETATIVAS

La clasificación arancelaria de la mercancía descrita anteriormente y la determinación de su partida arancelaria se fundamenta en: 

Regla General Interpretativa 1:Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes:

Regla General Interpretativa 2a: “Cualquier referencia a un artículo en una partida determinada alcanza al artículo incluso incompleto o sin terminar, siempre que éste presente las características esenciales del artículo completo o terminado. Alcanza también al artículo completo o terminado, o considerado como tal en virtud de las disposiciones precedentes, cuando se presente desmontado o sin montar todavía.”

Regla General Interpretativa 6: La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.”

NOTAS DE CAPÍTULO

Según las notas explicativas presentes en el Capítulo 48 Papel y cartón; manufacturas de pasta de celulosa, de papel o cartón, establece que:

  • Nota 3: …, se clasifican en las partidas 48.01 a 48.05 el papel y cartón que, por calandrado u otro modo, se hayan alisado, satinado, abrillantado, glaseado, pulido o sometido a otras operaciones de acabado similares, o a un falso afiligranado o un aprestado en la superficie, …”
  • Nota 6: “En este Capítulo se entiende por papel y cartón Kraft, el papel y cartón con un contenido de fibras obtenidas por procedimiento químico al sulfato o a la sosa (soda) superior o igual al 80% en peso del contenido total de fibra.”
  • Nota 8: “En las partidas 48.01 y 48.03 a 48.09, se clasifican solamente el papel, cartón, guata de celulosa y napade fibras de celulosa que se presentan en una de las formas siguientes:
    • a) tiras o bobinas (rollos) de anchura superior a 36 cm; o
    • b) hojas cuadradas o rectangulares en las que uno de sus lados sea superior a 36 cm y el otro sea superior a 15 cm, medidos sin plegar.”

NOTAS EXPLICATIVAS DE SUBPARTIDA

Según las notas explicativas de subpartida presentes en el Capítulo 48 Papel y cartón; manufacturas de pasta de celulosa, de papel o cartón, establece que:

  • Nota explicativa de subpartida 2: “En las subpartidas 4804.21 y 4804.29, se considera papel Kraft para sacos (bolsas) el papel alisado en ambas caras, presentado en bobinas (rollos)…”

CONSIDERACIONES GENERALES 

Las consideraciones generales del Capítulo 48 Papel y cartón; manufacturas de pasta de celulosa, de papel o cartón menciona que:

  • En las Notas Explicativas de este Capítulo, y salvo disposición en contrario, el término papel abarca al mismo tiempo el cartón y el papel, sin tener en cuenta el espesor o el peso por metro cuadrado…”

POSICIÓN ARANCELARIA 

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CONCLUSIONES

La mercancía descrita, papel calco, se clasificará contemplando las reglas generales interpretativas 1 y 6, así como las notas explicativas y consideraciones generales presentes en el capítulo 48. 

Por lo que, según el Sistema Armonizado, se clasificará en la Sección X Pasta de madera o de las demás materias fibrosas celulósicas; papel o cartón para reciclar (desperdicios y desechos); papel o cartón y sus aplicaciones, capítulo 48 Papel y cartón; manufacturas de pasta de celulosa, de papel o cartón, en la partida 48.06 Papel y cartón sulfurizados, papel resistente a las grasas, papel vegetal, papel cristal y demás papeles calandrados trasparentes o traslúcidos, en bobinas (rollos) o en hojas, y subpartida 4806.30.00.00 Papel vegetal (papel calco).

Según visualizamos en la Clasificación de Arancel del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador SENAE, se reconoce que esta subpartida no posee Arancel Ad-Valorem, sin embargo, posee un 0,5% de Fodinfa y un 12% correspondiente a IVA.

RECOMENDACIONES

Es importante que al momento de realizar una clasificación arancelaria se reconozca los materiales que conforman el producto, puesto que esto nos ayudará a hacer uso de manera adecuada de las Reglas Generales Interpretativas, revisar correctamente las notas explicativas y las consideraciones generales para así poder llegar a obtener la correcta subpartida arancelaria la cual nos permitirá obtener los gravámenes vigentes dentro del país.

 

Fuente: 

  • RESOLUCIÓN No. 020-2017 [República del Ecuador, Comité de Comercio Exterior]. Nomenclatura de Designación y Codificación de Mercancías del Ecuador. 
  • Versión Única en Español de las Notas Explicativas del Sistema Armonizado (VUENESA). 25 de julio de 2007. Comunidad Andina.
  • SENAE Servicio Nacional de Aduanas del Ecuador. Consulta del Arancel https://mesadeservicios.aduana.gob.ec/arancel/
  • RESOLUCIÓN No. 010-2021 [República del Ecuador, Comité de Comercio Exterior]. Nómina de Productos sujetos a controles previos a la Importación.

 

Autor: Sofía Montenegro

 

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