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DESCRIPCIÓN

El pepinillo en vinagre, también denominado pepinillo en conserva o pepinillo encurtido, (en inglés pickle) es un pepinillo fresco al que se le somete a una cura en salmuera o a una fermentación láctica y finalmente, se conserva en vinagre, sal y diferentes especias o condimentos que aportarán sabor y aroma. El vinagre tiene una acción conservadora del alimento y antiséptica, logrando alargar la vida de estos alimentos mediante su acidez.

REGLAS GENERALES INTERPRETATIVAS

La clasificación arancelaria del producto “PEPINILLOS EN VINAGRE O PEPINILLOS ENCURTIDOS” se fundamenta en las siguientes Reglas Generales para la Interpretación de la Nomenclatura Arancelaria:

  • REGLA 1: Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los subcapítulos sólo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de sección o de capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes (las otras reglas).
  • REGLA 6: La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, mutatis mutandis, por las reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.

En virtud de las reglas antes citadas, es importante considerar el texto de la partida y las notas correspondientes que textualmente mencionan:

Capítulo 20.- Preparaciones de hortalizas, frutas u otros frutos o demás partes de plantas.

Texto de partida arancelaria: 20.01 Hortalizas, frutas u otros frutos y demás partes comestibles de plantas, preparados o conservados en vinagre o en ácido acético.

NOTAS:

  • NOTA LEGAL 3 DEL CAPÍTULO 20

            “Las partidas 20.01, 20.04 y 20.05 comprenden, según los casos, solo los productos del Capítulo 7 o de las partidas 11.05 u 11.06 (excepto la harina, sémola y polvo de los productos del Capítulo 8), preparados o conservados por procedimientos distintos de los mencionados en la Nota 1 a)”

  • NOTA EXPLICATIVA DE PARTIDA 20.01:

           Esta partida comprende las hortalizas (véase la Nota 3 de este Capítulo), frutas u otros frutos y demás partes comestibles de plantas, preparados o conservados en vinagre o ácido acético, incluso con sal, especias, mostaza, azúcar u otros edulcorantes. Estos productos pueden también contener aceite u otros aditivos. Pueden presentarse en pipas, barricas, toneles, cubas o continentes análogos o acondicionados para la venta al por menor en tarros, latas u otros recipientes herméticos. Algunas de estas preparaciones se conocen con el nombre de encurtidos (trozos de hortalizas variadas conservadas en vinagre o ácido acético) o de “piccallilies” (preparaciones de trozos de hortalizas variadas con mostaza).

           Las preparaciones de esta partida se distinguen de las salsas y condimentos de la partida 21.03 en que estos últimos productos son generalmente líquidos, emulsiones o suspensiones que no son para consumirlos solos sino para acompañar o preparar algunos platos. Los principales productos conservados de esta forma son los pepinos, pepinillos, cebollas, chalotes, tomates, coliflores, aceitunas, alcaparras, maíz dulce, cogollos de alcachofa (alcaucil), palmitos, ñames, nueces y mangos.

POSICION ARANCELARIA:

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INFORMACION ARANCELARIA:

11072661256?profile=RESIZE_710xINFORMACIÓN PARA-ARANCELARIA:

TIPO DE RESTRICCIÓN: Presentación de requisito

REQUISITO: DCP emitido por la Agencia Nacional De Regulación, Control y Vigilancia Sanitaria

DESCRIPCIÓN: Notificación Sanitaria o Certificado de Requerimiento o no de Notificación Sanitaria

CONCLUSIONES:

Considerando el análisis del producto se concluye que, en aplicación de las Reglas Generales para la Interpretación de la Nomenclatura Arancelaria de la Organización Mundial de Aduanas (OMA) Primera y Sexta, así como también de las Notas correspondientes para la mercancía denominada comercialmente con el nombre de “PEPINILLOS CONSERVADOS EN VINAGRE O PEPINILLOS ENCURTIDOS”, el cual es un producto alimenticio para consumo humano, fabricado en base a una hortaliza conservada en vinagre; la clasificación arancelaria que le corresponde es en la Sección IV, Capítulo 20, partida arancelaria 20.01 , subpartida “2001.10.00.00 Pepinos y pepinillos”

RECOMENDACIONES:

Se recomienda reconocer muy bien las características del producto y además tener en cuenta las reglas generales de interpretación, para poder clasificar adecuadamente. Es importante también tener muy presente la información complementaria debido a que se trata de un producto alimenticio de consumo humano para el cual se necesita cumplir estrictamente con todos los requisitos necesarios correspondientes especialmente al tema de sanidad.

REFERENCIAS:

 

 

 

 

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