Introducción
Un suéter o un jersey o jersey es una prenda interior de punto, frecuentemente de lana, algodón o telas sintéticas, la cual cubre el tronco y extremidades superiores. Una prenda similar es el abrigo o buzo, de malla fina.
Reglas Generales Interpretativas
- Regla 1: Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capitulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas.
- Regla 6: La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, "mutatis mutandis", por las Reglas anteriores, bien entendido que sólo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposiciones en contrario.
Notas Explicativas
- Este Capítulo solo comprende artículos de punto confeccionados.
- Este Capítulo no comprende:
- a) los artículos de la partida 62.12;
- b) los artículos de prendería de la partida 63.09;
- c) los artículos de ortopedia, tales como bragueros para hernias, fajas medicoquirúrgicas (partida 90.21).
- Las prendas de vestir de este Capítulo que se cierren por delante de izquierda sobre derecha se considerarán como prendas para hombres o niños, y aquellas que se cierren por delante de derecha sobre izquierda, como prendas para mujeres o niñas. Estas disposiciones no se aplicarán cuando el corte de la prenda indique manifiestamente que ha sido concebida para uno u otro sexo.
Las prendas que no sean identificables, bien como prendas para hombres o niños, bien como prendas para mujeres o niñas, se clasificarán con estas últimas.
- Los artículos de este Capítulo pueden confeccionarse con hilos de metal
Nota explicativa de Subpartida
61.10 SUETERES (“JERSEYS”), “PULLOVERS”, “CARDIGANS”, CHALECOS Y ARTICULOS
SIMILARES, DE PUNTO.
– De lana o pelo fino:
6110.11 – – De lana.
6110.12 – – De cabra de Cachemira (“Cashmere”).
6110.19 – – Los demás.
6110.20 – De algodón.
6110.30 – De fibras sintéticas o artificiales.
6110.90 – De las demás materias textiles.
Esta partida comprende una categoría de artículos de punto, sin distinción en cuanto al sexo, destinados a cubrir la parte superior del cuerpo (suéteres, jersey, “pullovers”, “cardigans”, chalecos y artículos similares).
Comprende también los chalecos sastre presentados aisladamente, pero no los chalecos sastre que formen parte integrante de un traje para hombres o niños o de un traje sastre para mujeres o niñas, que se clasifican en las partidas 61.03 o 61.04 según los casos. Están también excluidos los chalecos acolchados de las partidas 61.01 o 61.02.
Análisis Arancelario de la Mercancía
El análisis indica que la mercancía “Suéter (Jersey) de punto”, se encuentra considerada dentro del capítulo 61 del Sistema Armonizado.
Posición Arancelaria
Sección | XI | MATERIAS TEXTILES Y SUS MANUFACTURAS |
Capitulo | 61 | Prendas y complementos (accesorios), de vestir, de punto |
Partida | 61.10 | Suéteres (jerseys), «pullovers», cardiganes, chalecos y artículos similares, de punto.. |
Subpartida | 6110.11.10 | Suéteres (jerseys) |
Información Arancelaria
Tributos | Valor |
Ad-Valorem | 10% |
FODINFA | 0.5% |
IVA | 12% |
Arancel Especifico | USD 5.5 por Kilogramo. |
Conclusión
El análisis arancelario aplicado a la información técnica, concluye que los “Suéter (Jersey) de punto”, corresponde a un artículo de las partidas del capítulo 61, clasificando Prendas y complementos (accesorios), de vestir, de punto. Por lo cual el producto se clasifica en la subpartida 6110.11.10.
Recomendación
Es aconsejable ver y examinar todas las propiedades del producto para lograr clasificarlo correctamente con los documentos que corresponden como las notas explicativas, el arancel y las Normas Interpretativas para una mejor categorización del producto.
BIBLIOGRAFIA:
SENAE Servicio Nacional de Aduanas del Ecuador. Consulta del Arancel https://mesadeservicios.aduana.gob.ec/arancel/
Versión Única en Español de las Notas Explicativas del Sistema Armonizado (VUENESA). 25 de julio de 2007. Comunidad Andina.
RESOLUCION-COMEX-020-2017: https://www.produccion.gob.ec/wp-content/uploads/2019/06/RESOLUCI%C3%93N-COMEX-020-2017.pdf
Gestión de Solicitud de Resolución Anticipada – Servicio Nacional de Aduana del Ecuador. (s/f). Gob.ec. Recuperado el 30 de octubre de 2022, de https://www.aduana.gob.ec/consulta-de-clasificacion-arancelaria/
Ecuador, I. (2022, enero 6). Reglas de Interpretación Arancelaria NANDINA. Importaciones Ecuador. https://www.importacionesecuador.com.ec/merceologia/reglas-de-interpretacion-arancelaria-nandina/
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