CLASIFICACIÓN ARANCELARIA – RATONERA

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DESCRIPCIÓN

El níquel puro es un metal duro, blanco-plateado, que tiene propiedades que lo hacen muy deseable para combinarse con otros metales y formar mezclas llamadas aleaciones. Algunos de los metales con los cuales se combina el níquel son el hierro, cobre, cromo y cinc. Estas aleaciones se usan para fabricar monedas y joyas y en la industria para fabricar artículos tales como válvulas e intercambiadores de calor. La mayor parte del níquel se usa para fabricar acero inoxidable.

La ratonera está especialmente diseñada para atrapar y exterminar ratones, este artefacto asegura durabilidad en el cuidado de los espacios y es una solución muy eficaz para el control de roedores.

Característica: Dimensiones: 7cm x 10 cm x 3 cm. Peso: 150 g. Material: Níquel.

REGLAS DE CLASIFICACIÓN

RGI N°1: Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos sólo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas.

RGI N°6: La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que sólo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.

APLICACIÓN DE LAS REGLAS

RGI N°1: La regla 1 se aplicará a este producto mediante la determinación del texto de las partidas, de las notas de sección o capítulo. Para este producto se considerará que las partidas y de las notas de sección o de capítulo tiene prioridad sobre cualquier otra consideración para determinar la clasificación de la mercancía. Sin embargo, se debe tomar en consideración que solo tomar en cuenta los textos de partidas y notas de sección o capítulo pueden provocar que no se pueda llegar a la clasificación en una partida determinada. En tal caso se deberá recurrir a la aplicación de las siguientes reglas.

RGI N°6:  Debido a que no se logro llegar a una partida especifica al aplicar la regla 1, se procederá a aplicar la regla 6 ya que el producto en cuestión no se encuentra en partes, no cuenta con un estuche y existe una posible partida en el que podrá ser clasificado. Para la aplicación de la regla 6 se cuenta con una partida de 4 dígitos y se considerara las notas de subpartidas. Cuando ya se ha hecho la elección de la subpartida con un guion más específica y está subdividida, entonces, y sólo entonces, interviene el considerar el texto de las subpartidas a dos guiones para determinar cuál de ellas debe mantenerse finalmente.

DEFINICIÓN NOTAS EXPLICATIVAS

NOTAS DE SECCIÓN

NOTA 3: En la Nomenclatura, se entiende por metal(es) común(es): la fundición, hierro y acero, el cobre, níquel, aluminio, (…).

La nota 3 de la sección XV nos específica que el níquel es considerado un metal común

NOTAS DE CAPÍTULOS

1.- En este Capítulo, se entiende por:

b) Aleaciones de níquel.

Las materias metálicas en las que el níquel predomine en peso sobre cada uno de los demás elementos, siempre que:

1) el contenido de cobalto sea superior al 1.5% en peso;

2) el contenido en peso de, al menos, uno de los demás elementos sea superior a los límites indicados en el cuadro anterior; o

La nota de capitulo define que es una aleación de níquel y esto nos ayudara en la clasificación de la mercancía

NOTAS EXPLICATIVAS

Nota Explicativa de la partida 75.08

B.- LAS DEMÁS

Este grupo comprende todas las manufacturas de níquel, excepto las comprendidas en el grupo precedente.

Se clasifican principalmente aquí:

8) Las manufacturas de níquel de los tipos mencionados en las Notas Explicativas de las partidas 73.25 y 73.26.

Gracias al partado 8 se podrán considerar las diferentes manufacturas enumeradas en las notas explicativas 73.25 y 73.26

Nota de Subpartida 7508.90

La nota aplicada para la subpartida se basa en la nota explicativa de la partida 73.26; según lo especificado en el inciso 8 del literal B.- LAS DEMÁS referente a la partida 7508.90:

Se clasifican aquí principalmente:

2) Los artículos de alambre, tales como: cepos, lazos, trampas, ratoneras, nasas, ataduras para forrajes, para gavillas y similares, (…), así como las cestas para papeles.

El numeral 2 perteneciente a la partida 73.26 permite clasificar a la mercancía como una ratonera.

MECANISMO DE CLASIFICACIÓN – POSICIÓN ARANCELARIA

  • Sección: XV METALES COMUNES Y MANUFACTURAS DE ESTOS METALES
  • Capítulo: 75 Níquel y sus manufacturas.
  • Partida: 75.08 Las demás manufacturas de níquel.
  • Subpartida: 7508.90.90.00 - - Las demás

MEDIDAS ARANCELARIAS

Para las medidas arancelarias se consultó los tributos fijos de la mercancía, en este se pudo encontrar la siguiente información relacionada al producto.

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Fuente: SENAE (2017)

En la imagen se puede apreciar 3 columnas que nos servirán de referencia para el cálculo de los tributos, la primera es el código de tributo, la segunda forma de aplicación del tributo y la tercera el valor del tributo, para este producto podemos observar que se aplica el ARANCEL ADVALOREM 0% de la base imponible, FONDIFA 0.5% de la base imponible e IVA 12% de la base imponible.

MEDIDAS PARARANCELARIAS

Para las medidas no arancelarias se consultó la parte de restricciones y prohibiciones, en este se pudo encontrar la siguiente información

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Fuente: SENAE (2018)

Para este producto lo que se necesita es la información relacionada con los registros relacionados a la IMPORTACIÓN A CONSUMO, en este caso solo hay un registro de importación al consumo relacionado al régimen 10, en el tipo de restricción tenemos una PROHIBICIÓN, lo cual nos indica que según la ley este producto no puede ingresar al territorio nacional, el código de Institución es COMITÉ DE COMERCIO EXTERIOR y el requisito que está pidiendo es un DCP. En el valor de criterio adicional tenemos cero y en la instancia para validación de vigencia de restricción tenemos FECHA DE ACEPTACION DE LA DECLARACION ADUANERA.

CONCLUSIÓN

Se clasifico a la ratonera en la subpartida 7508.90.90.00 - - Las demás; para la clasificación de esta manufactura se usaron las reglas generales interpretativas 1 y 6, las cuales permitieron apreciar con mayor detenimiento la especificidad de las subpartidas consideradas para este producto, se aplicó la nota explicativa de la partida 73.26 numeral 2) Los artículos de alambre; según lo especificado en el inciso 8 del literal B.- LAS DEMÁS referente a la partida 7508.90. Por último, la subpartida 7508.90.90.00 - - Las demás, mantiene un Advalorem del 0%, IVA del 12% y FODINFA del 0,5%. Además, tiene una medida de restricción de tipo PROHIBICIÓN con requisito de DCP para Corea del Norte.

RECOMENDACIÓN

Al momento de clasificar un producto se recomienda contar con toda la información posible sobre el producto como son: el material del que está hecho el producto, dimensiones, características específicas, entre otros.  Ya que esto facilitara seleccionar las posibles subpartidas en las que se podría encontrar el bien a importar o exportar y facilitara la comprensión de las notas explicativas relacionadas con la subpartida. Por último, debe evitarse en absoluto la clasificación directa de un producto en una subpartida, aunque aparentemente pudiera parecer adecuada, sin asegurarse previamente que la correspondiente partida de 4 dígitos sea la correcta; de esa forma, sería muy probable obtener una clasificación errónea

 

FUENTES

 

AUTORA: QUINGA GUALLICHICO PAOLA MILENA

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