PIMIENTA TRITURADA
Descripción del Corcho aglomerado:
La pimienta, en triturada o molida, es la especie gastronómica de mayor consumo en las cocinas de todo el mundo, aromatizando las preparaciones más variopintas de comidas o bebidas de cualquier cultura. Presenta un sabor fuerte, picante y es muy aromática si se muele justo antes de usarse. Se suele utilizar ampliamente en guisos, estofados, asados, escabeches, salsas, ensaladas, etc. Este condimento originario de la India proviene de una planta denominada Piper Nigrum, la cual pertenece a la familia de las Piperáceas, cuyo compuesto denominado piperina le da su característico sabor picante. La pimienta ha sido parte fundamental de la gastronomía desde la antigüedad. En la Edad Media era increíblemente valiosa y exótica, por lo que como muchas otras especias se llegó a utilizar como moneda.
Sección II: PRODUCTOS DEL REINO VEGETAL
Capítulo 9: Café, té, yerba mate y especias
Partida: Pimienta del género Piper; frutos de los géneros Capsicum o Pimenta, secos, triturados o pulverizados.
Subpartida: 0904.12.00.00 --Triturada o pulverizada.
Nota Complementaria NANDINA: Con excepción de lo señalado en la Nota 3 del Capítulo 12, en esta Sección, la expresión comprende solamente los productos
considerados como tales por las autoridades competentes de los Ministerios de Agricultura de los Países Miembros.
Notas de capítulo:
Las mezclas entre sí de los productos de las partidas 09.04 a 09.10 se clasifican como sigue: las mezclas entre sí de productos de una misma partida se clasifican en dicha partida; las mezclas entre sí de productos de distintas partidas se clasifican en la partida 09.10.
El hecho de que se añadan otras sustancias a los productos comprendidos en las partidas 09.04 a 09.10 (incluidas las mezclas citadas en los apartados a) o b) anteriores) no influye en su clasificación, siempre que las mezclas así obtenidas conserven el carácter
esencial de los productos citados en cada una de estas partidas. Por el contrario, dichas mezclas se excluyen de este Capítulo y se clasifican en la partida 21.03 si constituyen condimentos o sazonadores compuestos
Notas Explicativas:
1) Pimienta del género Piper.
Este término designa las semillas de todas las especies de pimienta del género Piper, con excepción de la pimienta Cubeba (Piper cubeba) partida 12.11. La principal variedad comercial es la pimienta propiamente dicha procedente de la especie Piper nigrum, que se presenta como pimienta negra o como pimienta blanca. La pimienta negra se obtiene de la recolección de los frutos sin madurar, secados al sol o al humo, a veces tratados previamente con agua hirviendo. La pimienta blanca se obtiene de semillas maduras que después de recolectadas se empapan con agua o se apilan de forma que se produzca una fermentación incipiente (ligera), o de semillas de pimienta negra a las que se despoja mecánicamente de su película exterior. La pimienta blanca, de color amarillo grisáceo, tiene un sabor menos picante que la negra.
La pimienta larga (Piper longum) es otra variedad de pimienta. En esta partida se incluye también el polvo o las barreduras de pimienta. Ciertos productos denominados impropiamente pimienta (por ejemplo: pimienta de la India o guindilla, de Turquía, España, Cayena o Jamaica) son pimientos
Reglas Generales de Interpretación:
Reglas 1: Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes:
Regla 6: La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.
Motivo: Se clasifico este producto gracias a estas dos reglas ya que, en los títulos de sus secciones, capitulo o subcapítulos se define de manera explicita en el titulo asignado para esta mercadería sin la necesidad de utilizar otras reglas generales.
Gravámenes Vigentes:
Arancel Ad Valorem: 25 %
Iva: 12 %
Fodinfa: 0.5 %
Unidad Física: Kilogramo Bruto
Prohibiciones y restricciones
Documento de Control Previo (DCP) Y DOCUMENTO DE DESTINACION ADUANERA: AGENCIA DE REGULACION Y CONTROL FITO Y ZOOSANITARIO – AGROCALIDAD
Prohibición a la REPUBLICA DE COREA, POPULAR DEMOCRATICA DE COREA DEL NORTE
Conclusiones:
La Pimienta Triturada o pulverizada. se encuentra en la subpartida 0904.12.00.00 del Capítulo 9 Café, té, yerba mate y especias, del Sistema Armonizado de la Organización Mundial de Aduanas y gracias a la información recaudada nos percatamos que posee un ad-Valorem alto y que requiere de cierta certificación especifica que hay que tener en consideración para su importación.
Recomendaciones:
Gracias al uso correcto de la toda información la determinación arancelaria de un producto se puede realizar de una manera precisa para catalogar el producto que se requiera para identificar sus características, requisitos y tributos de este por ende siempre hay que realizar una correcta clasificación para no caer en errores que perjudicarían una importación.
Fuentes:
https://mesadeservicios.aduana.gob.ec/arancel/
https://www.aduana.gob.ec/arancel-nacional/
http://intranet.comunidadandina.org/documentos/dinformativos/sgdi860_2.pdf
Comentarios