COMO CLASIFICAR UN ESTUCHE PARA TABLETS

 

Introducción:

Se han detectado discrepancias en las aduanas para la clasificación arancelaria de los protectores para las máquinas de procesamiento de datos portátiles con fuente de energía propia de menos de 10 kg. A estos protectores se les llama de diferentes maneras; como funda, estuche, protector, soporte, etc.

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Descripción de la mercancía

Están diseñados de manera tal, que permiten se utilicen y desarrollen todas las funciones de la Tablet y la acompañen de manera permanente, es decir, sin necesidad de quitar o desmontar.

El soporte protector de la Tablet contiene un sujetador en forma de concha, que la asegura rodeándola y sujetándola en su periferia, y debido a que presenta oquedades, permite que ésta se pueda operar de manera tal que no se requiera quitar, pues está diseñado para que se emplee y opere de manera conjunta y permanente.

Características:

  • Proteger permanentemente a la Tablet.
  • Cierre magnético, lo que permite que la Tablet cuando se cierre quede en modo reposo, lo que ahorra y conservar su energía; de igual manera, cuando se abre activa el sistema.
  • El soporte aumenta su funcionalidad debido a que se puede operar desde diferentes posiciones y ángulos, lo que facilita al usuario su operación.

Su estructura y construcción permite:

  • Se puedan conectar y operar en todas funciones y actuar con otros accesorios y aparatos como son: dispositivos de USB, conexión por medio de cables a múltiples accesorios como pueden ser: pantallas o proyectores, discos duros, a la red eléctrica para cargar o reabastecerse de energía, o a la red de Internet, etc. 
  • Se puedan realizar sus funciones de reproducir y grabar sonido.
  • Se puedan realizar sus funciones de iluminación.
  • Se pueda realizar su función de cámara fotográfica y de vídeo, etc.

 

 

Desarrollo:

En el campo de la nomenclatura ubicamos a la mercancía dentro de la Nomenclatura Arancelaria que está establecida en la LEY DE LOS IMPUESTOS GENERALES DE IMPORTACIÓN Y EXPORTACIÓN. Ya que, tiene como objetivo para el comercio Internacional tener la certidumbre de clasificar las mercancías en base a la estructura de la tarifa de impuestos generales de importación y exportación, Se identifica que para la importación y para la exportación se deben clasificar las mercancías correctamente y analizarla para cualquier requisito y cumplirlo previamente sin contratiempos, por lo tanto, En primer término, debemos de analizar la posibilidad de clasificarla en la Sección VIII.

 

Reglas Generales de Clasificación:

Al consultar las notas Explicativas del Sistema Armonizado, Sección VII PLÁSTICO Y SUS MANUFACTURAS; CAUCHO Y SUS MANUFACTURAS Capítulo 39 Plástico y sus manufacturas.

Se aplicó las Reglas Generales Interpretativas: 

  • Regla General 1 Establece la base legal de la clasificación y descansa en los textos de las partidas y las notas de sección o capítulo, ya que es la clave de toda la clasificación y nos indica que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las notas de sección y de capítulo.
  • Regla 2a) Siempre y cuando se mantenga las características esenciales. En este caso, si los artículos desmontados o sin montar presentan las características del artículo completo o terminado, se clasificarán como completo. Por ejemplo, una bicicleta sin una llanta.
  • Regla General 6: Está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, mutatis mutandis

 

 

Sección: VII

Capítulo: 39 Plástico y sus manufacturas.

Partida:

  1. Las demás manufacturas de plástico y manufacturas de las demás materias de las partidas 39.01 a 39.14.

Subpartida

3926.90.99 - - Con la superficie exterior de plástico o materia textil.

Notas Explicativas:

En la Nomenclatura, se entiende por plástico las materias de las partidas 39.01 a 39.14 que, sometidas a una influencia exterior (generalmente el calor y la presión y, en su caso, la acción de un disolvente o de un plastificante), son o han sido susceptibles de adquirir una forma por moldeo, colada, extrusión, laminado o cualquier otro procedimiento, en el momento de la polimerización o en una etapa posterior, forma que conservan cuando esta influencia ha dejado de ejercerse.

En la Nomenclatura, el término plástico comprende también la fibra vulcanizada. Sin embargo, dicho término no se aplica a las materias textiles de la Sección XI.

No se puede aplicar la Partida 42.02, ya que de manera limitativa sólo se clasifican las mercancías llamadas, y la mercancía en cuestión no corresponde a ninguna de ellas.

La otra posible Partida de tomarse en cuenta es la relativa a los accesorios de TABLET, por sus funciones que presentan, en la Partida 84.73, pero de manera directa exceptúa a los estuches, fundas y similares, por lo que, en esta Partida no los acepta.

Nota 1. Al no estar comprendida de manera específica dentro del campo de las subpartidas, le corresponde la 3926.90.- “las demás”.

Señalan sus notas explicativas lo siguiente:

Esta Partida comprende las manufacturas de plástico no expresadas ni comprendidas en otra parte (tal como se definen en la Nota 1 de este Capítulo) o de otras materias de las Partidas 39.01 a 39.14. Están pues comprendidos aquí entre otros:

  • Las fundas, toldos, carpetas, protectores y forros para libros y demás artículos protectores similares confeccionados por costura o pegado de plástico en hojas.
  • Otros artículos diversos, tales como: cierres para bolsos de mano.

 

Consideraciones Generales

  • La partida 3926, aplica la categoría “A”, por lo que todos estos productos estarán libres del pago de aranceles para ingresar a la Unión Europea a la entrada en vigor del Acuerdo.
  • Se clasifican en la partida 3926 Manufacturas de plástico, que incluye además los productos de la partida 3923, así, los artículos para el transporte o envasado, de plástico; tapones, tapas, cápsulas y demás dispositivos de cierre, de plástico.
  • La partida 3926, está basada en reglas de origen de carácter alternativas: la primera basada en el principio de cambio de clasificación arancelaria (conocido comúnmente como “salto arancelario”); y la segunda, basada en su valor

 

Tarifas Arancelarias

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Medidas Parancelarias:

No tiene medidas Parancelarias

Conclusión:

Podemos concluir que con una exacta clasificación se podrá exportar cualquier tipo de productos y con anticipación se podrá cumplir cualquier requisito que requiera la clasificación, se ha identificado una gran opción de progreso mediante un estudio de los costos se ve que la fijación precios da acorde a los precios de la competencia lo que permite entrar en el mercado como una opción económica para el consumidor.

Recomendación:

Se recomienda establecer la exportación de estuches para Tablet depende la posibilidad de clasificarse como accesorios de Tablet Partida 84.73 no aplica y se desecha, quedando como la única posibilidad legal de clasificación, de conformidad con la Reglas Generales 1 y 6 y las Reglas Complementarias 1ª., 2ª. Y 3ª. Todas ellas pertenecientes a la LEY GENERAL DE LOS IMPUESTOS A LA IMPORTACIÓN Y EXPORTACIÓN, es en la Partida 39.26 ya que deben de clasificarse por disposición expresa de las Notas Explicativas de las Partidas 42.02 y 84.73 atendiendo a su materia constitutiva, que para este caso es el plástico, Capítulo 39, Partida 39.26 como lo mencionamos anteriormente.

Bibliografía: Recuperado de

Obtenido de https://www.aduana.gob.ec/consulta-de-clasificacion/

Obtenido de https://www.aduana.gob.ec/files/main/adjudica/064/2014/Reconocimiento/SENAE-DDP-2014-0461-PV.pdf

Obtenido de http://www.aduanet.gob.pe/servlet/AIScrollini?partida=3926909090

Obtenido de http://www2.aladi.org/naladisa07/39.pdf

 

Autor: Inty Santillán

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