Descripción del producto
Juego de 4 tazas grandes de cerámica que tienen una capacidad de 16 onzas, destacando por su construcción en porcelana. Están equipadas con mangos grandes que no solo facilitan el agarre sino que también aportan un elemento estilizado y moderno a su diseño.
El estilo de estas tazas se caracteriza como moderno y bohemio, lo que sugiere un enfoque contemporáneo y ecléctico en términos de diseño. La singularidad de su estilo las convierte en un complemento distintivo para cualquier cocina. Esta estética única puede reflejar elementos decorativos o detalles ornamentales que las diferencian de las tazas convencionales.
Es importante destacar que estas tazas están fabricadas con gres, un tipo de cerámica duradera y resistente. Además, se especifica que son aptas para su uso en microondas, lo que añade a su funcionalidad y conveniencia en la preparación de bebidas calientes.
Reglas Generales Interpretativas
Regla General Interpretativa 1. Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas.
Regla General Interpretativa 6. La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.
Clasificación Arancelaria
Sección: XIII: Manufacturas de piedra, yeso fraguable, cemento, amianto
(asbesto), mica o materias análogas; productos cerámicos; vidrio y sus manufacturas
Capítulo: 69 - Productos cerámicos
Partida: 69.11 - Vajilla y demás artículos de uso doméstico, higiene o tocador, de porcelana.
Subpartida: 6911.10.00.00 - Artículos para el servicio de mesa o cocina
Notas explicativas
La vajilla y demás artículos de uso doméstico, de higiene o de tocador se clasifican en la partida 69.11, si son de porcelana (dura o blanda) o en la partida 69.12, si son de cerámica distinta de la porcelana, tales como el barro ordinario, gres, loza, imitaciones de porcelana (véanse las Consideraciones Generales del Subcapítulo II para la descripción de estos diferentes productos cerámicos). Se clasifican principalmente en estas dos partidas:
- A) Entre la vajilla y artículos similares para el servicio de mesa: los juegos de té y café, los platos, soperas, ensaladeras, fuentes y bandejas de todas clases, cafeteras, teteras, jarros, azucareros, tazas, rabaneras, salseras, bandejas para entremeses, cestas, paneras (para pan, frutas, etc.), mantequeras, aceiteras, saleros, mostaceros, hueveras, salvamanteles, posacuchillos, cucharas, servilleteros, etc.
Tributos fijos para la mercancía
- Ad Valorem: 30%
- FODINFA: 0.5%
- IVA: 12%
Restricciones y prohibiciones
Tipo de restricción:
Presentación de requisito: CERTIFICADO INEN 1
Conclusión
Las tazas de cerámica, tendrá su clasificación arancelaria que se ha basado de acuerdo a las Reglas Generales Interpretativas y a las Notas Explicativas, permiten clasificarlas en la sección XIII, capítulo 69, en la partida 69.11 que abarca Vajilla y demás artículos de uso doméstico, higiene o tocador, de porcelana. y en su subpartida 6911.10.00.00: Artículos para el servicio de mesa o cocina; además que debe pagar ad valorem del 30%, FODINFA DEL 0.5% e IVA del 12%.
Recomendaciones
- Para lograr una correcta clasificación arancelaria es necesario usar todos los instrumentos legales y de apoyo.
- Al momento de clasificar un producto se debe tomar en cuenta su descripción y características completas con el fin de establecerlo en la partida arancelaria correspondiente.
Bibliografía
Comunidad Andina. (2007). Notas Explicativas que incorporan la Cuarta Enmienda del Sistema Armonizado. https://www.dane.gov.co/files/sen/nomenclatura/SA2007.pdf
RESOLUCIÓN-COMEX-020-2017 (2017) (ANEXO 1: NOMENCLATURA DE DESIGNACIÓN Y CODIFICACIÓN DE MERCANCÍAS DEL ECUADOR) [MINISTERIO DE COMERCIO EXTERIOR]. https://www.produccion.gob.ec/wpcontent/uploads/2019/06/RESOLUCI%C3%93N-COMEX-020-2017.pdf
Servicio Nacional de Aduana del Ecuador. (2023). Consulta del Arancel. https://mesadeservicios.aduana.gob.ec/arancel/
Comentarios