DESCRIPCIÓN DEL PRODUCTO:
La cera de abeja es un producto natural producido por las abejas obreras para construir los panales y las celdillas donde almacenan la miel y crían a las larvas. Es una sustancia lipídica, maleable y duradera que posee utilizada principalmente como componente estructural de los paneles y asegura su conservación e impermeabilidad para almacenar miel, polen y cría. Se emplea también, en las velas de cera de abeja, estas son valoradas por su aroma natural, combustión limpia y larga duración. Es utilizada también en Encáustica: Técnica artística que utiliza la cera caliente como medio pictórico o escultórico.Además de sus múltiples aplicaciones, la cera de abeja es valorada por ser un producto natural, renovable, maleable y duradero con una larga tradición de uso
REGLAS GENERALES INTERPRETATIVAS
Regla 1
Los títulos de las secciones, de los capítulos o de los subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las notas de sección o de capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y notas.
Regla 6
La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las notas de subpartida, así como, mutantis mutandis, por las reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efecto de esta regla, también se aplican las notas de sección y de capítulo, salvo disposición en contrario.
CLASIFICACIÓN ARANCELARIA
Sección
- SECCIÓN III GRASAS Y ACEITES ANIMALES O VEGETALES; PRODUCTOS DE SU DESDOBLAMIENTO; GRASAS ALIMENTICIAS ELABORADAS; CERAS DE ORIGEN ANIMAL O VEGETAL
Capítulo
- Capítulo 15-Grasas y aceites animales o vegetales; productos de su desdoblamiento; grasas alimenticias elaboradas; ceras de origen animal o vegetal
Partida
- 15.21- Ceras vegetales (excepto los triglicéridos), cera de abejas o de otros insectos y esperma de ballena o de otros cetáceos (espermaceti), incluso refinadas o coloreadas.
Subpartida
1521.90.10.00- - Cera de abejas o de otros insectos
Nota del Capítulo correspondiente al producto
Las ceras animales o vegetales son ésteres que resultan de la combinación de ciertos ácidos grasos (palmítico, cerótico, mirístico) con alcoholes distintos del glicerol. También contienen algunas cantidades de ácidos grasos y alcoholes, libres, así como hidrocarburos. A diferencia de las grasas, las ceras no producen glicerol por hidrólisis, no desprenden olor acre cuando se calientan y no se enrancian; generalmente son más duras que las grasas.
Notas explicativas partida 15.21
Entre las ceras de otros insectos, las más conocidas son:
1) La cera de goma laca, parte cérea de la goma laca que se extrae de las disoluciones alcohólicas de esta goma, que se presenta en masas pardas que huelen a laca.
2) La cera “de China” (llamada también cera de insectos o cera de árbol), que es una secreción depositada por insectos en las ramas de determinados fresnos.
La cera de abejas o de otros insectos puede presentarse en bruto, incluso en forma de panales, fundida, prensada o refinada, incluso blanqueada o coloreada.
TRIBUTOS DEL PRODUCTO
FONDINFA: 0.5%
IVA: 12%
AD VALOREM: 15%
RESTRICCIONES Y PROHIBICIONES
- Según la ECUAPASS, cuenta con restricciones de PRESENTACIÓN DE REQUISITO a la institución AGENCIA DE REGULACIÓN Y CONTROL FITO Y ZOOSANITARIO - AGROCALIDAD, obligatoriamente para su importación se debe verificar la presentación de: DOCUMENTO DE DESTINACIÓN ADUANERA y DCP
CONCLUSIONES
- Con la especificación de las reglas generales interpretativas 1 y 6, se puede afirmar que el producto mencionado se clasifica de manera asertiva en la subpartida específica 1521.90.10.00- - Cera de abejas o de otros insectos y en base a la información existente en las páginas oficiales de Comercio Exterior, SI cuenta con prohibiciones y restricciones dentro del país.
RECOMENDACIONES
Se deben revisar a fondo los textos estipulados en los capítulos correspondientes a las partidas que pertenecen al producto seleccionado, para dejar en claro los requisitos necesarios para ubicar al producto en su subpartida perteneciente. Además considerar la revisión de las restricciones y prohibiciones del producto seleccionado al momento de realizar una exportación del mismo. Se debe considerar además el uso del portal oficial de la ECUAPASS para identificar correctamente los tributos fijos a la mercancía.
REFERENCIAS
- Comité de Comercio Exterior. (2017). Nomenclatura de Designación y Codificación de Mercancías del Ecuador. https://www.produccion.gob.ec/wp-content/uploads/2019/06/RESOLUCI%C3%93N-COMEX-020-2017.pdf%C2%A0
- Servicio Nacional de Aduana del Ecuador. (2023). Consulta del Arancel. https://ecuapass.aduana.gob.ec/
Comentarios