El comercio internacional favorece el intercambio de bienes y servicios entre las naciones que están dirigidas a cumplir con los procesos aduaneros a través de las leyes vigentes establecidas. Por ende, es importante aplicar el régimen adecuado para transportar la mercancía y los documentos que servirán como sustento ante la autoridad aduanera mediante el cumplimiento de las leyes que se deben seguir para realizar la operación.
¿Qué es el régimen 81?
Según el COPCI, es el régimen aduanero conforme al cual se realiza la transferencia de mercancías que son retiradas del medio de transporte utilizado para el arribo al territorio aduanero y cargadas en el medio utilizado para la salida del territorio aduanero, realizándose esta transferencia bajo control aduanero.
Características
* La mercancía que ingresa del extranjero al territorio nacional debe constatar en el manifiesto de carga; en el caso del transbordo de la mercancía por transporte marítimo o aéreo debe registrarse en el campo de la clasificación de la carga opción transbordo; y si se desarrolla la operación vía terrestre se registra en condiciones de transporte por carretera según los datos que se integra en la carta porte internacional.
Aceptación del Régimen
Modalidades del Transbordo
Plazos del Transbordo
Inspección de las mercancías
Las mercancías a transbordarse, no estarán sujetas a reconocimiento físico, excepto en los casos en que exista presunción fundada de una infracción aduanera.
Documentos de presentación
Conclusiones
Dentro del Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversión el régimen transbordo consiste en realizar la descarga de la mercancía del medio de transporte inicial para luego ser cargada en un nuevo transporte para continuar con el arribo al país de destino; cumpliéndose con el proceso en la misma zona distrital y bajo el control de la autoridad competente. Para la ejecución de este régimen puede solicitarlo el declarante o conceder el derecho al transportista, agente de carga internacional, o agente de aduana, en el caso de las mercancías que se encuentren determinadas a otro régimen no podrá acogerse a este proceso.
Recomendaciones
Es importante conocer que el agente de carga es el que está a cargo de registrar los datos en el sistema ECUAPASS para la transmisión de la Declaración Aduanera Simplificada de Transbordo. De igual manera es vital conocer que si la carga no presenta novedades se procede a realizarse el embarque al medio de transporte determinado; caso contrario si se encontrara inconvenientes con la carga ésta se quedará en las instalaciones de la aduana.
Fuentes
Asamblea nacional. (2013). Manual específico para el transbordo de mercancías. Guayaquil: Aduana del ecuador. Obtenido de https://www.aduana.gob.ec/wpcontent/uploads/downloads/2017/05/SENAE-MEE-2-3-015-V1.pdf
CÓDIGO ORGÁNICO DE LA PRODUCCIÓN, COMERCIO E INVERSIONES (COPCI). (29 de Diciembre de 2010). Obtenido de https://www.aduana.gob.ec/wp-content/uploads/2021/04/Copci.pdf
REGLAMENTO AL TÍTULO DE LA FACILITACIÓN ADUANERA PARA EL COMERCIO, DEL LIBRO V DEL COPCI. (29 de Diciembre de 2010). Obtenido de https://www.aduana.gob.ec/wp-content/uploads/2021/04/RCopci.pdf
Rueda, M. (2018). ANÁLISIS DEL PROCESO DEL RÉGIMEN ADUANERO TRANSBORDO QUE LA EMPRESA LIMPAO S.A DEBE APLICAR EN SU OPERACIÓN. Obtenido de http://repositorio.utmachala.edu.ec/bitstream/48000/12742/1/ECUACE-2018-CI-DE00220.pdf
Comentarios