INTRODUCCION
Es la operación en la cual a petición del consignatario o agente aduanero solicita el levante de las mercancías sin la presentación de una Declaración Aduanera, cumpliendo con una garantía aduanera. La solicitud debe ser enviada, previa o posterior al registro de llegada de las mercancías, y se debe identificar el número de carga respectivo.
DESARROLLO
RESUMEN
Este tipo de garantía se clasifica como garantía especifica, y para este caso se la debe presentar por el 100% de los eventuales tributos derivados al despacho, para el cumplimiento de las formalidades aduaneras, y vigente por 30 días plazo.
CONCLUSIONES
Una vez más esto es una muestra de las facilidades aduaneras que el país otorga para agilizar las compras internacionales y a su vez procurando que el estado de las mercancías sea optimo para ser consumidos o incorporados en la industria nacional.
RECOMENDACIONES
Se debe tomar muy en cuenta los procedimientos que se deben seguir para el desaduanamiento directo de las mercancías para no tener problemas o complicaciones con la aduana, también se debe tener en claro cuales son los productos y mercancías que se acogen a este tipo de procedimientos.
AUTOR
Dayanara Hernández
FUENTE
Servicio Nacional de Aduanas del Ecuador - SENAE
http://www.aduana.gob.ec/files/pro/pro/oce/2013/SENAE-GOE-2-3-010-V1.pdf
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