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Descripción General

El polvo de hornear es un agente leudante de doble acción apto para diversos procesos de fabricación para dar gran volumen y esponjosidad a todo tipo de productos de panadería y repostería. Es una levadura química, hecha con bicarbonato de sodio, cremor tártaro (bitartrato de potasio) y un absorbente de humedad.

Según la descripción, podemos realizar la búsqueda de la subpartida de acuerdo a los siguientes criterios generales.

CRITERIOS GENERALES DE CLASIFICACIÓN

Aplicación de las Reglas Generales Interpretativas:

Para la correcta clasificación de este producto, se toma en cuenta las reglas generales interpretativas 1 y 6, que mencionan lo siguiente:

RGI 1: Los títulos de las secciones, capítulos y los subcapítulos, solo tendrán valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de partida y de las notas de sección o capítulos y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las reglas siguientes.

RGI 6: La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, mutatis mutandis, por las reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en lo contrario.

Notas Explicativas de aplicación nacional

Capítulo 21

  1. Para efectos de este Capítulo, la expresión polvos de levantar u hornear preparados significa preparaciones en polvo para hornear.

Notas explicativas

Las notas explicativas de la partida 21.02 mencionan lo siguiente:

1. POLVOS DE LEVANTAR U HORNEAR PREPARADOS

Los polvos de levantar u hornear preparados comprendidos en esta partida consisten en mezclas de productos químicos (por ejemplo, bicarbonato de sodio, carbonato de amonio, ácido tartárico, fosfatos) incluso con adición de almidones o féculas y que, por la acción del dióxido de carbono que desprenden, son susceptibles de esponjar la masa de pastelería o repostería. Se presentan normalmente acondicionados para su venta al por menor (saquitos, latas, etc.) bajo diversas denominaciones (polvo para hornear, levadura artificial, levadura química, levadura alsaciana, etc.).

De acuerdo a esta nota explicativa, nos podemos dar cuenta que el polvo para hornear va dentro de la partida 21.02.

POSICIÓN ARANCELARIA DEL PRODUCTO

Según lo mencionado anteriormente, se examina las subpartidas arancelarias dentro de la partida 21.02:

Sección IV

Productos de las industrias alimentarias; bebidas, líquidos alcohólicos y vinagre; tabaco y sucedáneos del tabaco elaborados

Capítulo 21

Preparaciones alimenticias diversas

Partida 21.02

Levaduras (vivas o muertas); los demás microorganismos monocelulares muertos (excepto las vacunas de la partida 30.02); polvos para hornear preparados.

Subpartida 2102.30.00.00

- Polvos preparados para esponjar masas

 

CONSIDERACIONES ARANCELARIAS Y NO ARANCELARIAS

Tarifa Arancelaria

  • Ad-Valorem: 15%
  • Arancel específico: 0 USD
  • Fodinfa: 0,5%
  • IVA: 12%

Medidas no arancelarias

De acuerdo a la página web oficial del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador (SENAE) esta mercancía requiere de la presentación de Documentos de Control Previo.

Conclusión

Se concluye que el “el puro” se clasifica en la Sección IV (Productos de las industrias alimentarias; bebidas, líquidos alcohólicos y vinagre; tabaco y sucedáneos del tabaco elaborados), en el Capítulo 21 (Preparaciones alimenticias diversas), parida 2102 (Levaduras (vivas o muertas); los demás microorganismos monocelulares muertos (excepto las vacunas de la partida 30.02); polvos para hornear preparados.) y la subpartida 2102.30.00.00 (- Polvos preparados para esponjar masas) en aplicación de la 1° Y 6° Reglas Generales para la Interpretación de la Nomenclatura del Arancel del Ecuador. Los tributos a pagar son Ad-Valorem de 15%, Fodinfa de 0,5%, y un IVA de 12%. Además, el producto requiere de la presentación de documentos de control previo.

Recomendación

Después del reconocimiento de la clasificación arancelaria, se recomienda realizar una investigación correcta sobre el producto, también apoyarlo con las notas explicativas de cada capítulo con el objetivo de clasificar correctamente la mercancía y también hay que tener en cuentas las reglas generales interpretativas.

 

 

 

 

Fuentes

CAN. (2007). VERSIÓN ÚNICA EN ESPAÑOL DE LAS NOTAS EXPLICATIVAS DEL SISTEMA ARMONIZADO (VUENESA). Recuperado de: https://www.dane.gov.co/files/sen/nomenclatura/SA2007.pdf

Blog Kiwilimón: https://www.kiwilimon.com/blog/recomendaciones-cocina/polvo-para-hornear-es-lo-mismo-que-levadura-te-explicamos-sus-usos

Ministerio de Comercio Exterior. (2017). RESOLUCIÓN-COMEX-020-2017.

Resolución No. 009-2022 adoptada por el Pleno del COMEX, en vigencia desde el 01 de octubre de 2022. https://www.produccion.gob.ec/wp-content/uploads/2022/05/RESOLUCION-009-2022.pdf

SENAE: https://mesadeservicios.aduana.gob.ec/arancel/

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