La firma electrónica es la equivalencia de la firma manuscrita ya que tiene la misma validez legal y está amparada en la Ley de Comercio Electrónico donde el objetivo principal es identificar al firmante de manera real y correcta para asegurar la integridad del documento firmado con la utilización de software que permite realizar firmas electrónicas en documentos digitales. Sin embargo, Puede existir una modificación y puede llegar a transformarse en una falsificación para causar prejuicio a un tercero y puede darse de las siguientes formas al igual que se mencionará las sanciones existentes por estos delitos según el Código Penal.
A pesar de que la firma electrónica es muy segura y garantiza la identificación del titular y la autenticidad del documento puede existir algunas fallas y para esto existe la regulación de la Ley de Comercio Electrónico Firmas y Mensaje de datos donde pone sanciones en el caso de comprobación de falsificación o alteración de datos.
Fuentes:
LEY DE COMERCIO ELECTRONICO, FIRMAS Y MENSAJES DE DATOS. (n.d.). https://www.telecomunicaciones.gob.ec/wp-content/uploads/downloads/2012/11/Ley-de-Comercio-Electronico-Firmas-y-Mensajes-de-Datos.pdf
Autora:
Lisbeth Yesenia Quevedo
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