YERBA MATE
Descripción del Corcho aglomerado:
La yerba mate es un arbusto que pertenece al género de los acebos. Ha crecido de forma natural en las cuencas de los ríos Paraná y Uruguay, sobre todo en sus partes altas. La yerba mate es una infusión de diferentes hierbas que ha formado parte de la tradición gastronómica de varias sociedades ancestrales de Sudamérica hasta la actualidad. Ha sido consumida por muchos siglos y se ha consolidado a través de la historia como la bebida preferida de millones de personas en Argentina (principal productor y exportador del mundo)
Sección II: PRODUCTOS DEL REINO VEGETAL
Capítulo 9: Café, té, yerba mate y especias
Subpartida: 0903.00.00.00. Yerba Mate.
Nota Complementaria NANDINA: Con excepción de lo señalado en la Nota 3 del Capítulo 12, en esta Sección, la expresióna comprende solamente los productos
considerados como tales por las autoridades competentes de los Ministerios de Agricultura de los Países Miembros.
Notas de capítulo:
Las mezclas entre sí de los productos de las partidas 09.04 a 09.10 se clasifican como sigue: las mezclas entre sí de productos de una misma partida se clasifican en dicha partida; las mezclas entre sí de productos de distintas partidas se clasifican en la partida 09.10.
El hecho de que se añadan otras sustancias a los productos comprendidos en las partidas 09.04 a 09.10 (incluidas las mezclas citadas en los apartados a) o b) anteriores) no influye en su clasificación, siempre que las mezclas así obtenidas conserven el carácter
esencial de los productos citados en cada una de estas partidas. Por el contrario, dichas mezclas se excluyen de este Capítulo y se clasifican en la partida 21.03 si constituyen condimentos o sazonadores compuestos
Notas Explicativas:
La yerba mate es la hoja desecada de ciertos arbustos de la familia del acebo, que crecen en América del Sur. A veces recibe el nombre de té del Paraguay o té de los Jesuitas. Se utiliza para preparar, por infusión, una bebida que tiene algo de cafeína.
Reglas Generales de Interpretación:
Reglas 1: Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes:
Regla 6: La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.
Motivo: Se clasifico este producto gracias a estas dos reglas ya que, en los títulos de sus secciones, capitulo o subcapítulos se define de manera explicita en el titulo asignado para esta mercadería sin la necesidad de utilizar otras reglas generales.
Gravámenes Vigentes:
Arancel Ad Valorem: 20 %
Iva: 12 %
Fodinfa: 0.5 %
Unidad Física: Kilogramo Bruto
Prohibiciones y restricciones
Documento de Control Previo (DCP) Y DOCUMENTO DE DESTINACION ADUANERA: AGENCIA DE REGULACION Y CONTROL FITO Y ZOOSANITARIO – AGROCALIDAD
Prohibición a la REPUBLICA DE COREA, POPULAR DEMOCRATICA DE COREA DEL NORTE
Conclusiones:
La Yerba Mate se encuentra en la subpartida 0903.00.00.00. del Capítulo 9 Café, té, yerba mate y especias, del Sistema Armonizado de la Organización Mundial de Aduanas y gracias a la información recaudada nos percatamos que posee un ad Valorem alto y que requiere de cierta certificación especifica que hay que tener en consideración para su importación
Recomendaciones:
Gracias al uso correcto de la toda información la determinación arancelaria de un producto se puede realizar de una manera precisa para catalogar el producto que se requiera para identificar sus características, requisitos y tributos de este por ende siempre hay que realizar una correcta clasificación para no caer en errores que perjudicarían una importación.
Fuentes:
https://mesadeservicios.aduana.gob.ec/arancel/
https://www.aduana.gob.ec/arancel-nacional/
http://intranet.comunidadandina.org/documentos/dinformativos/sgdi860_2.pdf
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