Introducción

Descripción y características

Clasificación:

  • Reino: Animalia
  • Filo: Chordata
  • Clase: Actinopterygii
  • Orden: Perciformes
  • Familia: Carangidae
  • Género: Trachurus

Características Físicas:

  • Tamaño: Varía según la especie, pero generalmente oscilan entre 20 cm y 60 cm de longitud.
  • Forma: Cuerpo fusiforme, ligeramente comprimido lateralmente.
  • Color: Dorso azul verdoso, flancos plateados o amarillo brillante, vientre blanco.
  • Escamas: Pequeñas y prominentes, adheridas firmemente a la piel.
  • Aletas: Aleta dorsal larga con espinas fuertes seguidas de aletas blandas. Aleta anal similar en forma a la dorsal pero más corta.
  • Boca: Boca grande y dirigida hacia arriba, con dientes pequeños y afilados.

Hábitat:

  • Distribución: Presentes en aguas tropicales y templadas de todo el mundo, desde la superficie hasta profundidades de hasta 200 metros.
  • Comportamiento: Forman bancos numerosos, migrando en busca de alimento y lugares de reproducción.
  • Alimentación: Se alimentan principalmente de pequeños peces, zooplancton y crustáceos.

Desarrollo

Reglas Generales Interpretativas de la Nomenclatura Arancelaria:

Para determinar la clasificación arancelaria de esta especie es necesario identificar la Regla Interpretativa de Nomenclatura que se aplica a la mercancía. Las cuales aplican al caso son: 

  • RGI N°1:“Los títulos de las secciones, de los capítulos o de los subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las notas de sección o de capítulo.”
  • RGI N°6:La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las notas de subpartida, por las reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel, a efecto de esta regla también se aplican las notas de sección y de capítulo, salvo disposición de contrario. Se establece que la clasificación más allá de los 4 dígitos debe de determinarse de acuerdo con la aplicación de todas las reglas interpretativas.”

 

Notas Explicativas

Nota del Capítulo 3

Este Capítulo no comprende:

  1. los mamíferos de la partida 01.06;
  2. la carne de los mamíferos de la partida 01.06 (partidas 02.08 ó 02.10);
  3. el pescado (incluidos los hígados, huevas y lechas) ni los crustáceos, moluscos o demás invertebrados acuáticos, muertos e impropios para la alimentación humana por su naturaleza o por su estado de presentación (capítulo 5); la harina, polvo y «pellets» de pescado o de crustáceos, moluscos o demás invertebrados acuáticos, impropios para la alimentación humana (partida 23.01); o
  4. el caviar y los sucedáneos del caviar preparados con huevas de pescado (partida 16.04).

Nota de la Partida

03.02 Pescado Fresco O Refrigerado, Excepto Los Filetes Y Demas Carne De Pescado De La Partida 03.04.

Esta partida comprende el pescado fresco o refrigerado, ya sea entero, descabezado o eviscerado, o troceado, conservando las espinas o los cartílagos. Sin embargo, no comprende los filetes .y demás carne de pescado de la partida 03.04. El pescado puede presentarse con o sin hielo, espolvoreado con sal o rociado con agua salada, para conseguir su conservación temporal durante el transporte. El hecho de que el pescado haya sido ligeramente espolvoreado con azúcar o rociado con agua azucarada, no modifica la clasificación. Tampoco la modifica la presencia de algunas hojas de laurel.

Las pieles comestibles, los hígados, huevas y lechas de pescado. Frescos o refrigerados, se clasifican también en esta partida.

Posición Arancelaria

Se refiere al código numérico con el que está registrado la mercancía por el Sistema Armonizado, el cual nos ayuda a fijar impuestos, obligaciones y derechos.

Sección

I

Animales Vivos y Productos del Reino Animal

Capítulo

3

Pescados y crustáceos, moluscos y demás invertebrados acuáticos

Partida

03.02

Pescado fresco o refrigerado, excepto los filetes y demás carne de pescado de la partida 03.04

Subpartida

0302.45.00.00

- - Jureles (Trachurus spp .)

 

Tributos Fijos a las Mercancías

Los aranceles, impuestos y tarifas aduaneras son las obligaciones que se deben cumplir para regular el ingreso y la salida de mercancías, así como proteger la industria nacional y recaudar ingresos. Esta información la podemos encontrar una vez encontrado nuestro código arancelario, lo ingresamos al Ecuapass y encontraremos nuestras tarifas.

ARANCEL ADVALOREM

30%

ANTIDUMPING

0%

FODINFA

0.5%

ICE ADVALOREM

0 %

PORCENTAJE TECHO CONSOLIDADO SAFP

0%

SALVAGUARDIA

0%

ICREMENTO ICE

0%

ARANCEL EXTERNO COMÚN (AEC)

0%

IVA

12%

¿Qué es el Sistema Andino de Franjas de Precios (SAFP)?

Es un mecanismo adoptado mediante la Decisión 371 con el objeto de estabilizar el costo de importación de un grupo especial de productos agropecuarios, caracterizados por una marcada inestabilidad en sus precios internacionales.

 

Restricciones y Prohibición

  • En el régimen Importación a consumo existe la presentación de requisito en la Subsecretaría de Recursos Pesqueros de un DOCUMENTO DE SOPORTE.
  • El valor de criterio adicional es de: 0
  • Instancia para Validación de Vigencia de Restricción: FECHA DE CIERRE DE AFORO

Conclusión

  • La migración enérgica y la adaptabilidad de los jureles, sumadas a su valor nutricional y su importancia económica, los convierten en no solo una fascinante maravilla marina, sino también en un recurso vital para la industria pesquera y la alimentación humana en todo el mundo
  • Se concluye que los Jureles (Trachurus spp.) se clasifican en la subpartida 0302.45.00.00 según las notas de Sección, Capítulo y Partida como las Reglas Interpretativas 1 y 6.

 

Recomendación

Se recomienda, para hacer una buena clasificación arancelaria, leer de manera profunda las notas explicativas (VUENESA) en sus dos tomos a fin de clasificar la mercancía. De igual manera, antes de determinar la clasificación arancelaria de un producto, se debe hacer una correcta descripción de este, se tenga una gran información sobre el producto a clasificar, este sea fichas técnicas las cuales son un apoyo, en este caso al estar el artículo a clasificar de manera explícita en una subpartida.

Referencias

  • Producción. (2017). Nomenclatura de designación y codificación de mercancías del Ecuador.
  • Versión única en español de las notas explicativas del sistema armonizado (VUENESA). Notas explicativas que incorporan la cuarta enmienda del sistema armonizado
  • ECUAPASS

 

 

 

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