INTRODUCCIÓN
El Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones (COPCI) funciona como el documento legal base para los operadores de comercio exterior interesados en las operaciones de tráfico internacional de mercancías. Como se conoce, dentro de los actores que componen al mundo del Comercio Exterior se encuentran las Administraciones Aduaneras, entidades de control de esta esfera del comercio que buscan el equilibrio adecuado entre el Control y la Facilitación aduanera.
Ecuador, en el Título IV "DE LA ADMINISTRACIÓN ADUANERA", Capítulo I "NATURALEZA Y ATRIBUCIONES" de su COPCI hace referencia a los fundamentos que sostienen a esta Entidad de Control y Facilitación para las operaciones aduaneras del país. El presente blog resumirá a través de una infografía la información presentada en el mencionado capítulo, con la finalidad de actualizar los conocimientos de los interesados y aclarar los posibles cambios que pueden existir en la última versión del Código.
DESARROLLO
CONCLUSIONES
- La Administración Aduanera en Ecuador está representada por el Servicio Nacional de Aduana del Ecuador y funciona como una entidad de control y facilitación de comercio exterior.
- El principal objeto del SENAE es la vigilancia, control y facilitación de operaciones relacionadas directa o indirectamente con el tráfico internacional de mercancías, unidades de transporte, carga y personas; sujetando a estos últimos bajo su potestad como una Entidad de Control asignada.
- El Servicio Nacional de Aduana del Ecuador está encargada de ejercer control sobre los servicios de almacenamiento, aforo, control y vigilancia de mercancías, contratando empresas públicas o privadas para el efecto.
- Finalmente, entre las principales atribuciones que posee la Administración Aduanera ecuatoriana están: vigilancia, inspección, aprehensión, acción coactiva, investigación, recaudación, regulación, reglamentación y colaboración en control de tráfico de sustancias, patrimonio o especies nacionales.
RECOMENDACIONES
- El Servicio Nacional de Aduana del Ecuador es una entidad de control con un gran número de atribuciones. Conocer claramente qué derechos tiene frente a las solicitudes que pide o las acciones que exige, será de gran utilidad para los OCEs con la finalidad de evitar acciones no fundamentadas por la ley.
- Documentos legales como el Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones son fuentes base que sustentan el operar de entidades públicas de control. Conocer lo que se dice de estas entidades servirá a OCEs como funcionarios públicos para reconocer las capacidades, los fundamentos, el verdadero objeto y fines pertinentes.
REFERENCIAS
- Asamblea Nacional del Ecuador. (29 de diciembre de 2010). Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones. Segundo Suplemento del Registro Oficial 433. https://www.aduana.gob.ec/wp-content/uploads/2021/04/Copci.pdf
- Sistema de Información Sobre Comercio Exterior. (2021). Decisión 574. Régimen Andino sobre Control Aduanero. http://www.sice.oas.org/trade/junac/decisiones/dec574s.asp
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