Introducción
La salsa de soja nació en China. Fue inventada por monjes budistas y estaba compuesta de soja, agua y sal. Tiempo después, fue importada a Japón por un monje donde rápidamente contó con la aprobación de los habitantes del país nipón, quienes la perfeccionaron agregando trigo en la misma cantidad que soja. Nació así la salsa de soja japonesa, llamada shoyu.
Descripción
La salsa de soja está elaborada a partir de una mezcla de soja fermentada, trigo, agua y sal marina.
Composición
- Agua, azúcar, proteína hidrolizada de soya, vinagre, sal yodada, color caramelo clase IV (colorante), ácido acético (regulador de la acidez), glutamato monosódico (acentuador del sabor), sorbato de potasio y benzoato de sodio (sustancias conservadoras). Contiene soya y sulfitos.
CRITERIOS GENERALES DE CLASIFICACIÓN
Aplicación de las Reglas Generales Interpretativas:
Para la correcta clasificación de este producto, se toma en cuenta las reglas generales interpretativas 1 y 6, que mencionan lo siguiente:
RGI 1: Los títulos de las secciones, capítulos y los subcapítulos, solo tendrán valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de partida y de las notas de sección o capítulos y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las reglas siguientes.
RGI 6: La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, mutatis mutandis, por las reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en lo contrario.
CONSIDERACIONES GENERALES
Notas explicativas
Las notas explicativas de la partida 21.03 mencionan lo siguiente:
A) PREPARACIONES PARA SALSAS Y SALSAS PREPARADAS; CONDIMENTOS Y SAZONADORES, COMPUESTOS.
Esta partida comprende las preparaciones, generalmente con especias, utilizadas para destacar el sabor de ciertos alimentos (carne, pescado, ensaladas, etc.) y elaboradas con diversos ingredientes (huevos, hortalizas, carne, frutas u otros frutos, harina, almidón, fécula, aceite, vinagre, azúcar, especias, mostaza, saboreadores, etc.). Las salsas suelen presentarse líquidas y las preparaciones para salsas en polvo al que es suficiente añadirle leche, agua, etc., para obtener la salsa.
Generalmente las salsas se añaden a los alimentos durante la cocción o en el momento de servirlos. Dan sabor y jugosidad a los alimentos y contrastes en la contextura y el color. Pueden ser lo básico de la comida que contienen, como por ejemplo la salsa dulce del pollo a la crema. Los sazonadores líquidos (salsa de soja, salsa picante o salsa de pescado) se utilizan tanto como ingredientes en la preparación de un plato como condimentos en la mesa.
Como ejemplos de productos comprendidos en esta partida, se pueden citar: salsa mayonesa, aderezos (aliños) para ensaladas, salsa bearnesa, salsa boloñesa (que contiene carne picada, puré de tomate, especias, etc.), salsa de soja (soya), salsa de champiñones, salsa Worcéster (generalmente a base de salsa de soja (soya) mezclada con una infusión de especias en vinagre y adicionada con sal, azúcar, caramelo y mostaza), el Ketchup (preparación a base de puré de tomate, azúcar, vinagre, sal y especias) y demás salsas de tomate.
POSICIÓN ARANCELARIA DEL PRODUCTO
Según lo mencionado anteriormente, se examina las subpartidas arancelarias dentro de la partida 21.03:
Sección IV | Productos de las industrias alimentarias; bebidas, líquidos alcohólicos y vinagre; tabaco y sucedáneos del tabaco elaborados |
Capítulo 21 | Preparaciones alimenticias diversas |
Partida 21.03 | Preparaciones para salsas y salsas preparadas; condimentos y sazonadores, compuestos; harina de mostaza y mostaza preparada. |
Subpartida 2103.10.00.00 | - Salsa de soja (soya) |
CONSIDERACIONES ARANCELARIAS Y NO ARANCELARIAS
De acuerdo a la página web del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador (SENAE), los tributos a pagar son los siguientes:
Tarifa Arancelaria
- Ad-Valorem: 30%
- Arancel específico: 0 USD
- Fodinfa: 0,5%
- IVA: 12%
Medidas no arancelarias
De acuerdo a la página web oficial del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador (SENAE) esta mercancía requiere de la presentación de Documentos de Control Previo.
- Restricción: Presentación de requisito
- Institución que lo regula: Agencia Nacional de Regulación, Control y Vigilancia Sanitaria
Conclusión
Se concluye que la “salsa de soja” se clasifica en la Sección IV (Productos de las industrias alimentarias; bebidas, líquidos alcohólicos y vinagre; tabaco y sucedáneos del tabaco elaborados), en el Capítulo 21 (Preparaciones alimenticias diversas), parida 2103 (Preparaciones para salsas y salsas preparadas; condimentos y sazonadores, compuestos; harina de mostaza y mostaza preparada) y la subpartida 2103.10.00.00 (- Salsa de soja (soya)) en aplicación de la 1° Y 6° Reglas Generales para la Interpretación de la Nomenclatura del Arancel del Ecuador. Los tributos a pagar son Ad-Valorem de 30%, Fodinfa de 0,5%, y un IVA de 12%. También, el producto requiere de la presentación de documentos de control previo.
Recomendación
Se recomienda realizar una buena investigación sobre el producto que se desea importar, además leer minuciosamente las notas explicativas de cada capítulo con el objetivo de clasificar correctamente la mercancía y para el sustento de la clasificación también hay que tener en cuentas las reglas generales interpretativas.
Fuentes
CAN. (2007). VERSIÓN ÚNICA EN ESPAÑOL DE LAS NOTAS EXPLICATIVAS DEL SISTEMA ARMONIZADO (VUENESA). Recuperado de: https://www.dane.gov.co/files/sen/nomenclatura/SA2007.pdf
COOSUR, ¿Cómo se utiliza la salsa de soja?: https://www.coosur.com/como-utilizar-salsa-de-soja/
Ministerio de Comercio Exterior. (2017). RESOLUCIÓN-COMEX-020-2017.
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