Se debe tomar en cuenta las siguientes consideraciones:

Para los casos de movilizaciones de mercancías de importación desde un depósito temporal con destino a una ZEDE, se debe registrar la solicitud de traslado entre zonas primarias por parte del administrador de la ZEDE en el sistema informático del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador (Ecuapass), a través del documento electrónico Solicitud de traslado entre zonas primarias-STM. El traslado de mercancías debe estar amparado en una garantía general registrada a nombre del administrador de la ZEDE

  • a. Hasta la implementación de la herramienta del cierre de traslado por parte del administrador de la ZEDE, corresponderá a la Zona Primaria de la jurisdicción en la que se encuentra la ZEDE realizar el informe de operación por el traslado. Para lo cual el administrador de la ZEDE deberá coordinar la operación con los servidores aduaneros respectivos. 
  • b. Es obligatorio el uso de candados electrónicos para el traslado de las mercancías desde el depósito temporal de origen hasta las instalaciones de la ZEDE, para lo cual se debe aplicar lo dispuesto en la normativa respectiva.

 Para el ingreso de mercancías extranjeras que arriben a una instalación ZEDE que se encuentre debidamente autorizada y que cuente con un puerto autorizado para arribos de naves de tráfico internacional, es necesario que las mercancías se encuentren manifestadas en el Ecuapass 

  • a. No se requiere generar una solicitud de descarga directa para que se permita la descarga de las mercancías.
  •  b. El informe de llegada del medio debe ser registrado por el servidor de aduana asignado para el efecto.

 Para la salida de mercancías desde una instalación ZEDE con destino al exterior el Administrador de la ZEDE debe transmitir la respectiva DAE (Tipo de despacho: 5-Autorización de Salida ZEDE), por medio de la opción Declaración de exportación, para lo cual debe considerarse lo establecido en el manual específico respectivo. Esta transmisión también puede ser realizada desde el sistema del operador.

 

  • a. En los casos en que las mercancías deban ser movilizadas hacia una Zona Primaria para realizar el proceso de exportación, esta movilización no se debe realizar mediante una operación de traslado, sin embargo la responsabilidad sobre las mercancías corresponde a la ZEDE de origen de las mismas hasta el momento en que se finaliza el proceso de despacho de exportación.
  • b. El ingreso por exportación debe ser realizado por el administrador de la ZEDE en caso de exportaciones de mercancías que son embarcadas al medio de transporte con destino al exterior desde las instalaciones de la ZEDE o por el Depósito Temporal donde se realiza la exportación de las mercancías, a través de la opción Informe de ingreso de exportación-IIE. Esta transmisión también puede ser realizada desde el sistema del operador.
  • c. Los controles en caso de canal del aforo físico se realizan en las instalaciones donde se encuentran ingresadas las mercancías. 
  • d. Las mercancías deben ser registradas en el manifiesto de exportación del medio de transporte de salida.

Para la salida de las mercancías de una ZEDE con destino el territorio nacional para nacionalización o para acogerse a un régimen aduanero de carácter suspensivo o liberatorio, debe transmitirse en el Ecuapass la respectiva DAI (Tipo de despacho: Y-Despacho sin número de carga) por medio de la opción Declaración de importación. Esta transmisión también puede ser realizada desde el sistema del operador.

 

  •  La salida de mercancía nacional o nacionalizada que ingresó a ZEDE y que no fue objeto de operaciones de transformación, reparación, o elaboración, así como la salida y posterior ingreso de maquinarias y equipos que fueron ingresados a la ZEDE por administradores u operadores para ser empleados en actividades autorizadas, y que deben ser objeto de reparaciones o mantenimiento, no requiere autorización por parte del SENAE.
  • El ingreso de mercancías nacionales o nacionalizadas a la ZEDE destinados al uso o consumo de sus operadores, que no son empleados para los procesos autorizados, no se debe registrar en el Ecuapass, sólo es necesaria la autorización del administrador de la ZEDE.
  • Hasta la implementación de la opción Informe de ingreso/salida ZEDE-ISZ en el Ecuapass, el administrador de la ZEDE debe llevar un registro detallado de las autorizaciones de ingresos y salidas de mercancías, el cual debe ser regularizado al momento de la implementación de la herramienta mencionada

Comentario

Siendo las  ZEDES una inclusión de  actividades de transferencia de tecnología e innovación, mejoramiento ambiental sustentable o energético, operaciones de diversificación industrial, con énfasis en la obtención de productos de exportación; y el inmenso campo de los servicios logísticos de consolidación de mercancías, provisión de frío, administración de inventarios, etc. es importante que se relacione con el Ecuapass y su proceso sea mas detallado para así lograr agilidad. 

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