Nacionalización de una Donación

El Reglamento al Título de la Facilitación Aduanera para el Comercio, del Libro V del Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones, establece en su artículo 12 el procedimiento que una organización social sin fines de lucro debe seguir para nacionalizar y obtener la exención de tributos para una donación recibida desde otro país.

Lo primero que destaca este texto es que como beneficiario de la donación debe constar la persona jurídica de la organización social, y dicho beneficiario debe contar con un Registro Único Contribuyente (RUC). Luego, un representante de la organización debe presentar una solicitud en la oficina del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador (SENAE) que corresponda al mismo domicilio tributario de la entidad social. Es decir, por ejemplo, si en el RUC de la organización social consta como domicilio principal Guayaquil, la solicitud deberá ser presentada al Distrito Guayaquil de la SENAE. Esta solicitud deberá estar acompañada por la siguiente documentación:

  1. Documentos de acompañamiento, necesarios para la nacionalización del bien importado, emitidos por las autoridades competentes;
  2. Certificado de donación original (factura), con certificación consular de la existencia del donante y de su firma autógrafa en el documento expedido por el mismo, en la que conste el valor estimado y el detalle de la mercancía donada; y,
  3. Para el caso de personas jurídicas sin fines de lucro, original o copia certificada del contrato de cooperación con instituciones del sector público, cuyo objeto sea el cubrir servicios de salubridad, alimentación, asistencia técnica, beneficencia, asistencia médica, educación, investigación científica y cultural, siempre y cuando estos no estén disponibles a través del sistema interconectado.

El representante legal de la organización social sin fines de lucro que solicite esta exención presentará ante el Director Distrital correspondiente o su delegado, los documentos antes señalados para que proceda a emitir el acto administrativo correspondiente, dentro del plazo de diez días. Este acto administrativo constituirá el documento de soporte para el proceso de despacho.

El representante legal de la persona jurídica beneficiaria de la donación presentará en el distrito de arribo de la mercancía una Declaración Aduanera a la que deberá adjuntar los documentos de soporte y de acompañamiento que correspondan.

Fuente: http://www.aduana.gob.ec/pro/donations.action

Votos 0
Enviadme un correo electrónico cuando las personas hayan dejado sus comentarios –

¡Tienes que ser miembro de Comunidad Todo Comercio Exterior Ecuador para agregar comentarios!

Join Comunidad Todo Comercio Exterior Ecuador

CONVIÉRTETE EN EXPERTO DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA

Clasificación Arancelaria

EL ABC DE LAS IMPORTACIONES Y EXPORTACIONES EN ECUADOR, Leyes y Reglamentos que debes conocer

Clasificación Arancelaria

Temas del blog por etiquetas

Archivos mensuales