Descripción del producto
La nueva 3D es un equipo de vacío para sublimar diversos productos como carcasas de celular y tablets (iphone, Samsung iPad), fotos, cristales, azulejos, porta retratos, foto piedras, platos, etc. con una calidad excepcional y con acabados de vanguardia. El proceso de sublimación es muy confiable para el producto y la calidad del mismo con lo que podrá garantizar piezas únicas y originales.
Además, la 3D integra un horno para sublimar hasta 12 tazas de 11 oz a la vez. Con esta aplicación se puede sublimar también vasos tequileros y algunas tazas con otras formar.
Cuenta con una bomba de vacío de alta calidad, para poder tener un excelente rendimiento
Tiene una tarjeta de control de temperatura inteligente, la cual reduce las fallas por temperatura y brinda estabilidad y facilidad de uso del equipo
Permite realizar sublimación sobre varios artículos a la vez y con un control digital de temperatura y tiempo
Tiene un sistema de enfriamiento con ventiladores que soportan hasta 20,000 horas de uso
Su bomba solenoide realiza el control automático del sistema de vacío
El filtro de aire purifica el gas que se puede generar al momento de estar realizando el trabajo de sublimación
Parámetros técnicos:
Medidas: 600* 530* 360mm
Área de trabajo: 430* 300mm
Peso: 23kg
Potencia: 3000W
Voltage: 110V
Consumo eléctrico: 28A
Material de empaque: Caja de cartón
Tamaño de empaque: 710* 630* 410mm
Peso total con empaque: 37kg
Reglas Generales
- Regla 1. Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes:
- Notas explicativas Regla 1:
La segunda parte de la Regla prevé que la clasificación se determine: a) según el texto de las partidas y de las Notas de Sección o Capítulo |
- Regla 6. La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.
Utilizamos la primera regla examinar el texto de las partidas relevantes en la nomenclatura
arancelaria, que estén relacionados con máquinas sublimadoras, al igual de verificar las notas o capítulos que incluya máquinas para sublimar. Al revisar las secciones, las máquinas y aparatos eléctricos generalmente se encuentran en la Sección XVI, el Capítulo 84 Reactores nucleares, calderas, máquinas, aparatos y artefactos mecánicos; partes de estas máquinas o aparatos
Al combinar la Regla 1 y la Regla 6, se promueve una interpretación más amplia y contextual de los textos de las partidas y notas
En las Notas Explicativas del Sistema Armonizado de la Partida 30.05, literal E) apartado 17) se señala lo siguiente: “E. MÁQUINAS PARA APRESTAR O ACABAR: Pertenecen a este grupo principalmente:
17) Las aprestadoras y las máquinas para el revestimiento o la impregnación de hilados o tejidos por medio de recubrimientos especiales, tales como la cola, sustancias amiláceas, plástico, caucho, alquitrán o compuestos impermeabilizantes diversos, incluidas las máquinas para aplicar pastas de recubrimiento en soportes de tejido o de otras materias en la fabricación de linóleo o de cubresuelos similares y las aprestadoras o impregnadoras descritas en el apartado B anterior”.
Según la Nomenclatura del Sistema Armonizado, la Sección XVI, Capítulo 84, se refiere a las máquinas, aparatos y artefactos mecánicos. La partida 84.19 engloba a los aparatos y dispositivos que se calientan eléctricamente para el tratamiento de materias mediante operaciones que impliquen un cambio de temperatura, como calentado, cocción, torrefacción, destilación, rectificación, secado, etc., con excepción de los aparatos domésticos. Sin embargo, las máquinas diseñadas para sublimar o estampar en telas, cerámica, plásticos, vidrio, etc., se clasifican en la Partida 84.51.
En cuanto a la Partida 84.51, esta comprende, entre otros, a las máquinas y aparatos para lavar, limpiar, escurrir, secar, planchar, prensar, blanquear, teñir, aprestar, acabar, recubrir o impregnar hilados, telas o manufacturas textiles, así como máquinas para el revestimiento de telas u otros soportes utilizados en la fabricación de cubresuelos, como linóleo. Por lo tanto, si se trata de una máquina diseñada para sublimar o estampar en telas, cerámica, plásticos, vidrio, etc., corresponde clasificarse en la Subpartida Nacional 8451.80.00.00, en aplicación de la Nota Legal 3 de la Sección XVI y la Primera y Sexta Reglas Generales.
Clasificación Arancelaria
Sección | XVI | MAQUINAS Y APARATOS, MATERIAL ELECTRICO Y SUS PARTES; APARATOS DE GRABACION O REPRODUCCION DE SONIDO, APARATOS DE GRABACION O REPRODUCCION DE IMAGEN Y SONIDO EN TELEVISION, Y LAS PARTES Y ACCESORIOS DE ESTOS APARATOS |
Capitulo | 84 | Reactores nucleares, calderas, máquinas, aparatos y artefactos mecánicos; partes de estas máquinas o aparatos |
Partida | 8451 | Máquinas y aparatos (excepto las máquinas de la partida 84.50) para lavar, limpiar, escurrir, secar, planchar, prensar (incluidas las prensas para fijar), blanquear, teñir, aprestar, acabar, recubrir o impregnar hilados, telas o manufacturas textiles y máquinas para el revestimiento de telas u otros soportes utilizados en la fabricación de cubresuelos, tales como linóleo; máquinas para enrollar, desenrollar, plegar, cortar o dentar telas. |
Subpartida | 84.51.80.00.00 | - Las demás máquinas y aparatos |
Tributos Aduaneros
AD VALOREM | 0 |
FODINFA | 0.5 |
IVA | 12 |
Restricción y prohibición
Código de Régimen | Importación a consumo |
Tipo de Restricción: | Prohibición |
Código de requisito: | NIN |
Prohibiciones: | Importación República de Corea, Popular Democrática (Corea del Norte) |
Criterio Adicional de Aplicación | NINGUNO |
Instancia para Validación de Vigencia de Restricción | FECHA DE ACEPTACION DE LA DECLARACION ADUANERA |
Descripción | Resolución 2397(2017) del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas: Medidas dirigidas a la República Popular Democrática de Corea (Corea del Norte), Memorando Nro. MREMH-ONUNY-2017-1733-M, Oficio Nro. MREMH-DSNU-2018-0052-O, Memorando Nro. SENAE-DRAI-2018-0006-M,Oficio Nro. MCEI-CCOMEX-2018-0036-O |
Conclusiones
- Según la interpretación de las Reglas 1 y 6, el equipo de sublimación se clasifica en esta subpartida, que abarca máquinas y aparatos para acabar, recubrir o impregnar telas u otros materiales. Esto se ajusta a la función de la máquina para sublimar una variedad de productos, desde carcasas de celular hasta tazas y cristales.
- Basándose en las reglas de clasificación arancelaria, el equipo 3D para sublimación se ubica en la Subpartida Nacional 8451.80.00.00.
- Se aplican impuestos como FODINFA (0.5%) e IVA (12%) a la importación.
Recomendaciones
- Aprovechar las notas explicativas del sistema arancelario para obtener orientación detallada sobre la clasificación del producto.
- Realizar un análisis exhaustivo de la composición y funciones de la máquina para hacer crepes para garantizar una clasificación precisa.
- La descripción del producto proporciona información valiosa sobre la estructura, materiales, funciones y características específicas que son esenciales para la correcta clasificación arancelaria.
Fuentes
COMUNIDAD ANDINA. NOTAS EXPLICATIVAS QUE INCORPORAN LA CUERTA ENMIENDA DEL SISTEMA ARMONIZADO.
https://www.dane.gov.co/files/sen/nomenclatura/SA2007.pdf
REPÚBLICA DEL ECUADOR COMITÉ DE COMERCIO EXTERIOR. NOMENCLATURA DE DESIGNACIÓN Y CODIFICACIÓN DE MERCANCÍAS DEL ECUADOR_ RESOLUCIÓN No. 020-2017. https://www.produccion.gob.ec/wp-content/uploads/2019/06/RESOLUCI%C3%93N-COMEX-020-2017.pdf
SERVICIO NACIONAL DE ADUANAS DEL ECUADOR (2023). CONSULTA ARANCEL. https://mesadeservicios.aduana.gob.ec/arancel/
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