• En el Ecuador desde el 6 de abril del 2015 rige una regulación a las bebidas alcohólicas específicamente al whisky, vodka, tequila y ron. Las cuales deberán tener un etiquetado en sus envases por lo que se ha emitido una resolución en donde se detalla lo siguiente:

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PROCEDIMIENTO

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Conclusión:

El importador como persona autorizada a realizar todo el proceso de etiquetado de las bebidas alcohólicas, en él recae toda la responsabilidad de que cada etiqueta fiscal esté asociada al producto específico

Recomendación:

El importador deberá consultar el manual correspondiente al etiquetado de cada bebida alcohólica  así evitar retrasos en el despacho de la  mercancía.

Glosario:

Trazabilidad: es la propiedad que dispone el resultado de un valor estándar, que puede vincularse con referencias específicas mediante una seguidilla continuada de comparaciones.

Fuente de consulta:

SENAE: Resolución Nro. SENAE-DGN-2015-0185-RE Guayaquil, 06 de abril de 2015

Autor:

Delia María Gutiérrez Porras

 

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