Ingreso de Personas

Presentar los siguientes documentos:

  • Tarjeta Andina de Migración (TAM)

  • Cédula de Identidad o pasaporte. En caso de ser menor de 18 años de edad e ingresar sin la compañía de sus padres, deber presentar un permiso de salida del país otorgado por la autoridad competente.

Ingreso de Vehículos


  • Vehículo de pasajeros (transporte  local o taxis): presentar Documentación Único de Transporte de Pasajeros.
  • Vehículo de Transporte turístico: presentar Documento Único e Transporte turístico y la lista del grupo turístico.
  • Vehículo en Transito Aduanero comunitario: Presentar copia del permiso de prestación de servicios y Certificado de Idoneidad, otorgados por la Comisión Nacional de Transporte Terrestre, Tránsito y seguridad Vial.
  • Vehículos privados o alquilados con fines turísticos: presentar la Libreta de Paso de Aduana (o documento equivalente), y la Declaración Juramentada de Turista Propietario del Vehículo (DJT) contenida en el formulario otorgado por la Aduana del Ecuador, mediante la cual el vehículo que ingresa constituye prenda especial y preferente a favor de la Aduana del Ecuador. Estos vehículos podrán permanecer en el país hasta 90 días, renovables por 90 días más siempre y cuando se justifique que sea por fuerza mayor

 

Ingreso de Mercancías

  • Todo viajero que ingrese por las fronteras terrestres del país mercancías sujetas al pago de tributos, cuyo valor sea menor o igual a USD $2.000,oo (o su equivalente en otra moneda); deberá presentar la Declaración Aduanera Simplificada (DAS), y adjuntar los documentos solicitados por Aduana.
  • Si el valor de las mercancías sujetas al pago de tributos supera los USD $2.000,oo (o su equivalente en otra moneda); estas se manejarán como una importación común debiendo presentar la Declaración Aduanera Única (DAU), y cumplir con todas las formalidades aduaneras correspondientes para su nacionalización; esto es: registrarse como operador de Comercio Exterior (OCE), contar la asesoría y servicios de un Agente de Aduana  autorizado por la Aduana del Ecuador, entre otros, 
  • Independiente del tipo de mercancías que se importe, la Aduana del Ecuador podrá requerir:
  • Certificados de Origen de los países con los que el Ecuador mantienen acuerdos comerciales (para acogerse a la exoneración de tributos correspondientes)
  • Documentos de Control previo exigidos por regulaciones del COMEXI

 

Algunas cosas importantes que debemos saber:

Todas las mercancías que NO se consideran efectos personales del viajero, deben declararse como tributables en la Declaración Aduanera Simplificada (DAS), la cual será entregada por el funcionario aduanero al ingreso al país, pues la falsa declaración será considerada como un delito aduanero.

 

En el evento que se encuentren mercancías de prohibida importación, objetos que atenten contra la moral pública, sustancias estupefacientes y psicotrópicas,  así mismo mercancías que no han pagado los tributos al comercio exterior y que hayan ingresado a los Distritos Aduaneros Fronterizos, se precederá obligatoriamente a la aprehensión de las mismas, y se someterán a lo dispuesto en la Ley Orgánica de Aduanas.

 

Para el ingreso o salida de dinero o instrumentos financieros se procederá de acuerdo con la normativa vigente.

 

¿En base a que valor se Pagan Los impuestos al Comercio Exterior? 

 

La base imponible para el cálculo de los tributos sobre las mercancías es el valor CIF. Este se obtiene sumando el valor de la mercancía soportada en la factura, adicionando el valor del flete más el costo del seguro.

  • PRECIO FOB
*(costo de la mercadería en la factura)
  • FLETE
(En frontera, 10% del valor del FOB de las mercancías importadas)
  • SEGURO
(2% de la suma del Precio FOB + Flete)

TOTAL CIF
 

 

En caso de no tener las facturas correspondientes, un funcionario aduanero lo asistirá determinado el valor de los bienes.
Una vez obtenido el valor CIF, podrá hacer el cálculo de los impuestos. El valor total a cancelar por el importador es la suma de los impuestos.

El valor FOB es igual a la suma del valor de las mercaderías más los gastos internos hasta ubicarlas sobre el medio de transporte que lo llevará a su destino final.

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