"Sumérgete en la frescura y el encanto de los toldos de algodón, y descubre su clasificación arancelaria."
Descripción del producto
Los toldos de algodón son estructuras diseñadas para proporcionar sombra y protección contra los elementos, fabricadas principalmente con tejido de algodón. Estos toldos están compuestos por un marco metálico o de madera sobre el cual se extiende una tela de algodón tratada para resistir la intemperie y los rayos UV.
El algodón es un material natural que ofrece ciertas ventajas, como transpirabilidad y suavidad al tacto. Sin embargo, los toldos de algodón pueden requerir un mantenimiento más riguroso para protegerlos contra el moho, la decoloración y otros daños asociados con la exposición prolongada a la intemperie.
En comparación con otros materiales como el poliéster o el acrílico, el algodón puede tener una vida útil más corta y ser más propenso a la degradación si no se cuida adecuadamente. Por lo tanto, la elección entre un toldo de algodón y otros materiales dependerá de las necesidades específicas de cada situación, así como de las preferencias individuales en términos de estética y sensación táctil.
Partida arancelaria
Para determinar la clasificación arancelaria precisa, es esencial adherirse a las directrices generales de interpretación de la Nomenclatura Arancelaria. Por consiguiente, hemos seguido los principios generales que guían este proceso de clasificación.
Regla 1: Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los subcapítulos sólo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de sección o de capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes (las otras reglas).
Regla 6: La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las notas de subpartida, así como, mutatis mutandis, por las reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efecto de esta regla, también se aplican las notas de sección y de capítulo, salvo disposición en contrario…”
Tras aplicar las reglas generales, se concluyó que el producto está clasificado en:
Sección Xl Materias Textiles Y Sus Manufacturas
Capítulo 63 Los demás artículos textiles confeccionados; juegos; prendería y trapos
Partida 63.06 Toldos de cualquier clase; tiendas (carpas); velas para embarcaciones, deslizadores o vehículos terrestres; artículos de acampar
Subpartida 6306.19.10.00 - - - De algodón
Información arancelaria
Ad Valorem: | 10% |
IVA: | 12% |
Fodinfa: | 0.5% |
Arancel Específico: | USD 5,5 por kilogramo |
Restricciones: No aplica
Prohibiciones: Corea del Norte
Conclusión:
Al aplicar las Reglas Generales Interpretativas para la clasificación arancelaria, se concluye que los toldos de algodón están clasificados dentro de la SECCIÓN XI: Materias Textiles Y Sus Manufacturas, específicamente en el Capítulo 63, que trata sobre "Los demás artículos textiles confeccionados; juegos; prendería y trapos". Dentro de este capítulo, la Partida 63.06 se asigna a "Toldos de cualquier clase; tiendas (carpas); velas para embarcaciones, deslizadores o vehículos terrestres; artículos de acampar". Específicamente, la Subpartida 6306.19.10.00 se identifica con "Toldos de algodón".
Recomendación:
Para garantizar una clasificación arancelaria adecuada en Ecuador, es fundamental tener un profundo conocimiento de la Nomenclatura Arancelaria nacional, que se basa en el Sistema Armonizado. Esto implica entender cómo está organizado el sistema, así como las reglas y notas explicativas que lo acompañan. Además, es importante examinar detenidamente el producto, describiendo con detalle sus características, materiales y funciones específicas. Es aconsejable revisar las regulaciones y normativas aplicables al producto en cuestión, y buscar ayuda especializada si surgen dudas. Utilizar herramientas como bases de datos y manuales de clasificación puede simplificar el proceso de determinación.
Fuentes de consulta
Comunidad Andina. (2007). Notas Explicativas que incorporan la Cuarta Enmienda del Sistema Armonizado. https://www.dane.gov.co/files/sen/nomenclatura/SA2007.pdf
RESOLUCIÓN-COMEX-020-2017 (ANEXO 1: NOMENCLATURA DE DESIGNACIÓN Y CODIFICACIÓN DE MERCANCÍAS DEL ECUADOR) [MINISTERIO DE COMERCIO EXTERIOR]. (2017) https://www.produccion.gob.ec/wpcontent/uploads/2019/06/RESOLUCI%C3%93N-COMEX-020-2017.pdf
Servicio Nacional de Aduana del Ecuador. (2023). https://mesadeservicios.aduana.gob.ec/arancel/
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