Descripción del producto
El bramante es un tejido de trama y urdimbre, de fibras sintéticas discontinuas de poliéster (55%) mezclada con algodón (45%), es la tela favorita para la confección de fundas para almohadas, ya que al ser una tela hipoalergénica no causa ninguna reacción a la piel, es ideal para cualquier condición climática puede ser estampado, ligamento tafetán y peso de 118 g/m2.
Reglas de Clasificación
- Regla 1: Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y notas, de acuerdo con las reglas siguientes.
- Se utilizan estas reglas ya que las Sección, Capítulo y Subcapítulo indican la posición en el arancel en donde se puede encontrar posibles subpartidas para el producto, sin embargo, es en la Partida en donde se encuentra posible información sobre el material constitutivo del producto.
- Regla 6: La clasificación de mercancías en la subpartida de una misma partida está determinada legalmente por los textos de esta subpartida y de las Notas de subpartida. Así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartida del mismo nivel. En efecto a esta regla, aplicaremos las Notas de Sección y Notas de Capítulo.
Notas de subpartida
En esta Sección y, en su caso, en la Nomenclatura, se entiende por:
- a) Hilados crudos
los hilados:
1º) con el color natural de las fibras que los constituyan, sin blanquear, teñir (incluso en la masa) ni estampar; o
2º) sin color bien determinado (hilados «grisáceos») fabricados con hilachas.
h) Tejidos estampados
los tejidos estampados en pieza, incluso si estuvieran constituidos por hilados de distintos colores.
(Se asimilan a los tejidos estampados, los tejidos con dibujos obtenidos, por ejemplo: con pincel, brocha, pistola, calcomanías, flocado, por procedimiento «batik».)
La mercerización no influye en la clasificación de los hilados o tejidos definidos anteriormente.
Las definiciones de los apartados d) a h) anteriores se aplican, mutatis mutandis, a los tejidos de punto.
ij) Ligamento tafetán
la estructura de tejido en la que cada hilo de trama pasa alternativamente por encima y por debajo de los hilos sucesivos de la urdimbre y cada
Notas Explicativas
Esta partida comprende los tejidos que por aplicación de la Nota 2 de la Sección XI se consideren como
tejidos de fibras sintéticas discontinuas (véase también el apartado I-A de las Consideraciones Generales de la Sección XI) y satisfagan las condiciones siguientes:
- a) con un contenido de fibras sintéticas discontinuas inferior al 85% en peso;
- b) que estén mezclados principal o únicamente con algodón;
- c) de peso inferior o igual a 170 g/m2.
Sección
Gracias a la RGI 1, podemos determinar con el título de la sección que la sección que corresponde a la tela para fundas para almohadas es la SECCION XI MATERIAS TEXTILES Y SUS ANUFACTURAS.
Capítulo
Gracias a la RGI 1, podemos determinar que la tela para fundas para almohadas se clasifica en el capítulo 55 Fibras sintéticas o artificiales discontinuas
Partida
Gracias a la RGI 1 y a la nota explicativa, la tela para fundas para almohadas se clasificará en la partida 55.13 Tejidos de fibras sintéticas discontinuas con un contenido de estas fibras inferior al 85 % en peso, mezcladas exclusiva o principalmente con algodón, de peso inferior o igual a 170 g/m2.
Subpartida
De acuerdo al uso de la RGI 6, y a la nota explicativa, se clasificará la tela para fundas para almohadas en la subpartida: 5513.41.00.00 - - De fibras discontinuas de poliéster, de ligamento tafetán.
Información arancelaria y para-arancelaria
- Arancel Ad-valorem: 20%
- Arancel Específico: 0%
- Fodinfa: 0.50%
- V.A: 12%
- Unidad Física: Metro cuadrado
- Requisitos: Ninguno
Restricciones:
- República Popular democrática de Corea.
Recomendaciones
- Hay que hacer un uso correcto de las Reglas Generales Interpretativas ya que es el primer paso para la correcta clasificación arancelaria.
- Se recomienda hacer uso de las Notas Explicativas ya que ofrecen más detalles y aclaraciones sobre el producto que se necesite clasificar.
- Hay que contar con las excepciones mencionadas en las diferentes notas para no cometer un error de clasificación arancelaria.
Conclusiones
Gracias a las RGI y a las diferentes notas de sección y notas explicativas podemos concluir que la tela para fundas para almohadas, se clasifica en la sección XI; MATERIAS TEXTILES Y SUS MANUFACTURAS, en el capítulo 55 Fibras sintéticas o artificiales discontinuas. Partida 55.13 Tejidos de fibras sintéticas discontinuas con un contenido de estas fibras inferior al 85 % en peso, mezcladas exclusiva o principalmente con algodón, de peso inferior o igual a 170 g/m2 y subpartida 5513.41.00.00 - - De fibras discontinuas de poliéster, de ligamento tafetán.
Referencias
RESOLUCIÓN-COMEX-020-2017 (ANEXO 1: NOMENCLATURA DE DESIGNACIÓN Y CODIFICACIÓN DE MERCANCÍAS DEL ECUADOR) [MINISTERIO DE COMERCIO EXTERIOR]. Reformar Íntegramente el Arancel del Ecuador. 25 de junio de 2017. Recuperado de: https://www.produccion.gob.ec/wpcontent/uploads/2019/06/RESOLUCI%C3%93N-COMEX-020-2017.pdf
Autor: Santiago Michael Naranjo Salas.
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