Según el Art. 1 de la Resolución Nº SENAE-DGN-2016-0317-RE Reforma a la resolución SENAE-DGN-2013-0030-RE “Normas complementarias para la importación de menajes de casa y equipos de trabajo por parte de personas migrantes que retornan a establecer su domicilio permanente en el Ecuador” a partir del 14 de mayo de 2016 para la presentación de la declaración aduanera de importación de menaje de casa y/o equipos de trabajo se deben tomar en cuenta las siguientes consideraciones:

  • Los migrantes de nacionalidad ecuatoriana deben utilizar la cédula de ciudadanía o de identidad ecuatoriana como documento de identificación para efectuar la importación de menaje de casa y equipos de trabajo, eximiendo de la presentación de otro tipo de documento de identificación. El manifiesto de carga, la Declaración Aduanera de Importación (DAI), Declaración Aduanera Simplificada (DAS) courier o postal, declaración juramentada y demás documentos requeridos para la importación de menaje de casa y equipos de trabajo deben contener el tipo y número de cédula de ciudadanía o de identidad del migrante importador, según corresponda.
  • Migrantes que no posean la nacionalidad ecuatoriana, deben utilizar el pasaporte como documento de identificación para la importación del menaje de casa y equipos de trabajo.
  • En la importación de vehículos de menaje de casa de migrantes de nacionalidad ecuatoriana, el trámite de obtención del código de subcategoría ante la autoridad competente, debe ser realizado con cédula de ciudadanía ecuatoriana como documento de identificación, es decir debe constar el mismo tipo y número de documento de identificación del importador de la DAI.
  • Funcionarios diplomáticos nacionales o extranjeros deben continuar presentando el pasaporte como documento de identificación para efectuar la importación de menaje de casa, conforme lo establece el artículo 2 de la resolución SENAE-DGN-2015-0165-RE, nótese que el tipo de tratamiento del item a especificar en la DAI o DAS debe ser “Diplomático Nacional” o “Diplomático Internacional” según corresponda.

En la presentación del documento de identificación se puede aplicar a los demás miembros del núcleo familiar importador del menaje de casa. 

Conclusión 

Si un miembro del núcleo familiar tiene nacionalidad ecuatoriana debe hacer constar, en el registro de miembros del núcleo y en los demás documentos para amparan la importación del menaje de casa.

Recomendación

La persona o familia que realice el menaje de casa debe contar con los documentos de identificación la cédula de ciudadanía o identidad ecuatoriana como documento de identificación, en caso de ser extranjero o miembro del núcleo familiar de diplomático nacional o extranjero debe constar el pasaporte, estos documentos harán que se ampare la importación del menaje de casa.  

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Autor

Verónica Alejandra Toalombo Quinga

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