Descripción del producto
Las cinchas de amarre son cintas de un material sintético muy resistente, principalmente fabricadas de poliéster. Tienen la función de proteger la carga durante cualquier transporte. Pueden ser utilizadas en remolques, caravanas o cualquier otro tipo de vehículo que requiera su uso.
Se longitud variable, así, es posible encontrarlas desde 3 hasta 10 metros y posee un ancho de 2,5 cm a 4 cm. Su resistencia oscila entre los 1.000 kg hasta los 5.000 kg. El ancho y grosor son variables que van a determinar este último parámetro.
Cabe mencionar que, existen varios tipos de cinchas y, dependiendo del tipo de trabajo que se va a realizar, se debe utilizar la más apropiada. Básicamente, unas son adecuadas para amarrar y otras para elevar cargas. Las eslingas de amarre no se pueden utilizar para la elevación de carga, ya que se corre el riesgo de que se puedan soltar. Al igual que ocurre con las eslingas de carga, que no sirven para amarrar la carga.
Reglas Generales Interpretativas
Regla 1: Los títulos de las secciones, de los capítulos o de los subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las notas de sección o de capitulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y notas, de acuerdo con las reglas siguientes.
Para la clasificación del producto se ha tomado en cuenta la sección XI correspondiente a “Materias textiles y sus manufacturas”, la cual abarca el capítulo 58 que se refiere a tejidos especiales; superficies textiles con mechón insertado; encajes; tapicería; pasamanería; bordados. Posteriormente, se determina que la partida 58.06 la cual comprende “Cintas, excepto los artículos de la partida 58.07; cintas sin trama, de hilados o fibras paralelizados y aglutinados” es la correcta ya que tiene relación con la descripción del producto.
Regla 6: La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las notas de subpartida así como, mutatis mutandis, por las reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. a efecto de esta regla, también se aplican las notas de sección y de capitulo, salvo disposición en contrario.
Después de haber realizado un análisis minucioso y con la ayuda de las notas explicativas, se ha llegado a la conclusión que el producto mencionado se sitúa en la subpartida 5806.32.10.00 perteneciente a “Las demás cintas: de fibras sintéticas o artificiales de ancho inferior o igual a 4.1 cm”.
Nota Explicativa
Entre las cintas, tal como acaban de definirse, se incluyen también las cinchas, cinchos y galones tejidos de la misma manera. Las cintas se fabrican principalmente con seda, lana, algodón o fibras sintéticas o artificiales, incluso asociadas con hilos de elastómeros o hilos de caucho.
Se da el nombre de cinchas a cintas muy gruesas y resistentes, generalmente de algodón, lino, cáñamo o yute, que se utilizan en talabartería o guarnicionería, como correas, en la confección de fajas o cinturones, en la fabricación de asientos, etc.
Clasificación Arancelaria:
Información Arancelaria:
Ad Valorem: 20%
IVA: 12%
Fondinfa: 0.5%
Información Para arancelaria:
Restricciones: No aplica restricciones
Prohibiciones: Importación República Popular Democrática de Corea (Corea del Norte)
Conclusiones:
Mediante la ayuda y uso adecuado de el arancel, las reglas generales de interpretación (RGI) y notas explicativas que son la base legal para las clasificaciones arancelarias, se ha logrado deducir que el producto denominado “cinchas de amarre” se la categoriza con el código 5806.32.10.00 perteneciente a “Las demás cintas: de fibras sintéticas o artificiales de ancho inferior o igual a 4.1 cm”.
Recomendaciones:
- Examinar detenidamente la composición y características del producto que va a ser evaluado.
- Hacer uso de las notas explicativas ya que facilitará la clasificación arancelaria del producto.
- Para la información arancelaria de un producto es importante consultar en fuentes confiables como la página oficial de la aduana.
Fuentes:
- RESOLUCIÓN-COMEX-020-2017 - Nomenclatura de designación y codificación de mercancías del Ecuador https://www.produccion.gob.ec/wp-content/uploads/2023/03/Resolucio%CC%81n-002-2023.pdf
- VERSIÓN ÚNICA EN ESPAÑOL DE LAS NOTAS EXPLICATIVAS DEL SISTEMA ARMONIZADO (VUENESA) https://www.dane.gov.co/files/sen/nomenclatura/SA2007.pdf
- Servicio Nacional de Aduana de Ecuador SENAE https://mesadeservicios.aduana.gob.ec/arancel/#
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