Publicaciones de Carmen Rocio Ortiz Rodriguez (4)

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La Corporación Aduanera Ecuatoriana CAE ha creado un sistema de interconexión electrónica de datos, mediante el cual el propietario, consignatario o consignante, personalmente o a través de un Agente de Aduana, transmite en forma electrónica el detalle de la Declaración Aduanera y la información de los documentos de acompañamiento, en los  formatos establecidos por la CAE.

INSTRUCTIVO

VERIFICACION Y PREPARACIÓN DE DATOS

Agente de Aduana

  1. 1.    Ingrese a la página WEB de la CAE, en el menú “Servicio a Operadores de Comercio”, escoja la opción ”Sistema Interactivo de Comercio Exterior – Nueva Página”, obtenga la autorización de acceso al sistema luego del ingreso de los datos de usuario y password.
  2. 2.    Escoja la opción “Consulta a Base de Datos de Certificados de Verificación”, en el menú “PROCESO DE DESPACHO”.
  3. 3.    Ingrese el número del Certificado de Inspección y con la información presentada en la pantalla, verifique:

3.1.  Que los datos generales contenidos en el Certificado de Inspección que usted posee y que ha sido emitido por la Verificadora, concuerden con la información general y montos del Certificado de Inspección registrado en el sistema de la CAE.

3.2.  Que los datos de la mercadería descritos en el Certificado de Inspección concuerden con la información presentada en la pantalla luego de escoger la opción “Ver Partidas”.

3.3.  Que los datos de los contenedores descritos en el Certificado de Inspección concuerden con la información presentada en la pantalla luego de escoger la opción “Ver Contenedores”.

En caso de encontrar diferencia entre los datos, comunique a la Verificadora para que realicen las correcciones. Espere para realizar la transmisión de la declaración hasta que se hayan realizado las correcciones pertinentes de lo contrario el envío de información de la declaración no pasará las validaciones correspondientes y será rechazada.

  1. 4.    Escoja la opción “Consulta Base de Datos de Manifiestos de Carga Aceptados”, en el menú “PROCESO DE CARGA”.
  2. 5.    Ingrese el número de Manifiesto de Carga y verifique que los datos contenidos en los Documentos de Transporte que usted posee concuerden con la información registrada en el sistema de la CAE.

5.1.  En caso de existir diferencia entre los datos, solicite al Transportista, Agente de Carga, Empresa Consolidadora u otro Operador de Comercio Exterior responsable de la transmisión de tal información, que realicen las correcciones. Espere hasta que se hayan realizado las correcciones pertinentes.

  1. 6.    Una vez que el certificado de inspección y el documento de transporte que usted posee han sido verificados contra el sistema de la aduana y no haya encontrado discrepancias entre los datos, prepare en su sistema los datos correspondientes al trámite en proceso, para generar el archivo DAUDAT.ZIP que será transmitido a la CAE.

ENVIO DE DATOS A LA CAE

Agente de Aduana

  1. 7.    Establezca la conexión con el operador de Correo Seguro.
  2. 8.    Envíe a la casilla electrónica de la CAE, previamente asignada, el archivo DAUDAT.ZIP preparado con la información correspondiente al trámite en proceso.

 

Corporación Aduanera Ecuatoriana

  1. 9.    Recibe el mensaje que proviene del Operador de Comercio Exterior y realiza los siguientes pasos:
  • Validación del mensaje de datos
  • Validación del archivo adjunto
  • Validación de los elementos de datos
  • Envío del mensaje de respuesta, indicando:

-          Aceptación, que asigna el número de refrendo

-          Rechazo, en cuyo caso se considera el mensaje como no transmitido

 

 

RECEPCION DE MENSAJE DE LA CAE

Agente de Aduana 

10.  Recibe de la CAE el archivo DAURES.ZIP, que contiene el mensaje de respuesta a su transmisión y proceda a traducir estos datos a los formatos internos del sistema de su empresa.

10.1              En caso de rechazo:

10.1.1   Determine cuáles son las causas de los errores, descritos en el detalle de incidencias detectadas en la validación, correspondientes a los datos del archivo DAUDAT.ZIP enviado a la CAE.

10.1.2   Efectúe las correcciones necesarias de los datos de su sistema sobre la base del detalle de incidencias. Regrese al paso 8.

10.2             En caso de aceptación, por haber recibido el mensaje de aceptación con el

Número de refrendo y el número de aceptación, proceda según lo especificado en la guía para la “Entrega de la DAU-e para Importaciones impresa y los Documentos de Acompañamiento”. 

CONSIDERACIONES GENERALES

  1. La transmisión de los Mensajes de Datos se realizará a través de formatos preestablecidos y definidos por la CAE

(DAUHDR01, DAUDET01, DAUDET02, DAUDOCAS, DAUOBSER, DAUREGAP, DAUCONTE, DAVHDR01, DAVDET01, DAVDET02, ENVCTROL, RESCTROL, RESMENSJ, RESACEPT).

 

Se han definido diferentes tipos de envío.

  • Original: cuando se envía por primera vez la DAU. 09
  • Prueba: Cuando se envía una información por efectos de prueba. 53

*        Existen mas tipos de envió pero estos son los mas comunes.

 

 

La información de la declaración debe ser transmitida en los siguientes formatos, y cada uno debe cumplir con las condiciones y parámetros definidos a continuación:

DECLARACIÓN ADUANERA UNICA DAU-e 

GRUPO: DAU

DAUHDR01  

Datos generales de la declaración aduanera (M)

DAUDET01   

Datos de series o subpartidas nacionales (M)

DAUDET02   

Datos de descripciones mínimas para vehículos (C)

DAUDOCAS 

Datos de documentos sustentatorios o que amparan la DAU (C)

DAUOBSER 

Datos de observaciones sobre los datos generales, series, etc.,  (C)

DAUREGAP 

Datos de declaraciones precedentes relacionadas con la DAU (C)

DAUCONTE 

Datos de contenedores asociados a la  DAU (C)

 

CONTENIDO DE LOS FORMATOS

GRUPO: DAV                                                                                                                    

DAVHDR01  

Datos generales de la Declaración en Aduana del Valor (DAV)  (M)

DAVDET01   

Datos de factura de la Declaración en Aduana del  Valor (DAV) (M)

DAVDET02   

Datos de ítems de la declaración andina de valor  (M)

DATOS ACERCA DEL ENVÍO

ENVCTROL  

Datos de control del envío

 

En todos los archivos la columna Observaciones “OBS” representa lo siguiente:

M  = Mandatorio Obligatorio.                                                                                                                                 

 C  = Condicionado a lo que dicten las disposiciones de la Ley, Reglamento y Normas complementarias o relacionadas con el quehacer aduanero. En caso de que las disposiciones vigentes exijan la presentación de determinada información, entonces la presentación de los formatos es obligatoria. Tómese nota que esta condición no debe ser interpretada en ningún caso como optativa, sino como “sujeta” o “condicionada a” la necesidad de cumplir con determinada formalidad aduanera.

La respuesta de la CAE a los mensajes DAUDAT recibidos, utilizará los siguientes formatos Maestros DAURES:

  • RESCTROL: datos de control del envío
  • RESMENSJ: datos de detalle de las incidencias detectadas en la validación
  • RESACEPT: datos para la certificación digital del mensaje  

En los archivos:

  • RESCTROL.TXT
  • RESMENSJ.TXT
  • RESACEPT.TXT
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EXPORTADOR – IMPORTADOR

1.- TRANSACCION

Una vez realizado el contrato de compra – venta, el exportador le emite  la factura comercial. Posteriormente, el importador se dirigirá a la transportadora que empleará para traer la mercadería.  Se debe  establecer el INCOTERM

 

CONSOLIDADORA – AGENCIA DE CARGA – EMPRESA DE TRANSPORTE

2.- EMBARQUE

La consolidadora es el representante del la embarcadora en el país de destino y se encarga de distribuir las mercancías a los distintos clientes y la documentación para la nacionalización

La agencia de carga definirá según las necesidades  del  importador si el  transporte será aéreo, marítimo o en ciertos casos terrestres.

La consolidadora contrata la empresa de  Transporte

 

IMPORTADOR - CONSOLIDADORA

3.- CONTRATACION DE UN AGENTE DE ADUNAS  

 

ADUANA DE DESTINO

4.- ARRIBO  DE LA MERCANCIA

Ingreso de la mercadería al recinto aduanero para la elaboración del parte  de  recepción en zona primaria para luego dirigirlas al almacén temporal correspondiente.

 

AGENTE DE ADUNAS

5.-  ENVIO ELECTRONICO DE LA DAU

Como resultado de su importación, el Agente de Aduana debe realizar la Declaración Aduanera Única (DAU); enviarla electrónicamente a través del SICE, y presentarla físicamente en el Distrito de llegada de las mercancías; adjuntando los siguientes documentos exigidos por la Ley Orgánica de Aduanas (LOA):

• Original o copia negociable del Documento de Transporte.
• Factura Comercial.
• Declaración Andina de Valor (DAV).
• Póliza de seguro.  (Opcional)

Dependiendo del tipo de producto a importar, también se requerirá. (Verifique la partida ingresando al SICE):

• Certificados de Origen de los países con los que el Ecuador mantiene acuerdos comerciales. En caso de no presentar dicho certificado el producto no podrá acogerse a la liberación arancelaria.
• Documentos de Control Previo (puede ser al embarque o a la presentación    de la declaración aduanera), exigidos por regulaciones del COMEXI y/o del Directorio de la Aduana del Ecuador.

 

 AGENTE DE ADUNAS O AUXILIAR – IMPORTADOR – VERIFICADORA O FUNCIONARIO DE  LA SENAE

6.- AFORO: Al momento de la aceptación de la DAU arroja el canal de aforo:

Aforo y verificación son sinónimos. Aunque hay una sutil diferencia. Cuando se llevó a cabo en el exterior (cuando el valor FOB de la mercadería es superior a $4,000), hablamos de verificación y cuando se lleva a cabo, hablamos de aforo.
El aforo es realizado por la Verificadora (la verificadora se determina por sorteo) y es aleatorio. Cuando se ha tenido aforo del país de origen y se requiere -además- aforo en Ecuador, en el sorteo de la verificadora se debe chequear que dicha verificadora sea diferente a la verificadora que realizó el aforo en el país de origen. 

Aforo documental: También es realizado por la Verificadora. Consiste en una verificación sólo en base a que lo declarado coincida con los documentos de acompañamiento de la DAU, confirmando que la mercadería esté bien declarada en lo que se relaciona a la clasificación arancelaria y al valor de la mercadería. 

Aforo físico: Es la revisión física de la mercadería, a partir de la fecha de aceptación tenemos 5 días hábiles para presentarnos al aforo físico (de lo contrario, se considerará la mercadería en abandono tácito)

Aforo automático: concluido el proceso de aceptación de la DAU, a través del Aforo Automático, el sistema realiza automáticamente la liquidación / reliquidación de tributos y envía al Agente de Aduanas o Importador un mensaje informándole de la aceptación de la declaración aduanera y el estado de “Pago Autorizado” de tributos.

BANCOS 

7.- LIQUIDACION

Cuando el aforo ha terminado y se obtiene la fecha de aprobación se pagan los tributos.

La documentación vuelve al Departamento de Comprobación, en donde declarará lo que ha pagado y lo que ha liquidado. 

AGENTE O IMPORTADOR

8.- PAGO ALMACENAJE

 

AGENTE  DE ADUNAS – IMPORTADOR; SVA

9.- ENTREGA DE LA MERCANCIA

Una vez que se da esta autorización, ninguna mercancía puede ser retenida por autoridad alguna, salvo orden judicial.

En Este proceso intervienen el SVA quien controla que la mercadería que sale sea la verdadera.

NOTA:

Unas de las consideraciones que deben tomarse antes de una importación son:

  • El importador, previo al embarque de las mercancías, tendrá que conocer si las mismas son de prohibidas o permitida importación.
  • Si el valor de la mercancía importada a consumo es de US$ 4.000 o más, el importador tendrá que solicitar y realizar la inspección en origen, a través de una las empresas Verificadoras Internacionales autorizadas por la aduana.
  • Si el valor FOB de la mercadería excede los US$ 4.000, requiere el visto bueno de los Bancos Corresponsales en el Ecuador, autorizados por la aduana, previo al embarque.

Es obligatorio la intervención del Agente de Aduanas en los siguientes casos:

  • Para importaciones y exportaciones efectuadas por entidades del sector público
  • En los despachos de las importaciones y exportaciones de las mercancías cuyo valor sobrepase los dos mil dólares de los Estados Unidos de América (US$ 2.000).

 

 

 

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Actualmente conozco el

  • Sistema Integrado de Comercio Exterior (SICE PROFESIONAL)

Aplicación para los Operadores de Comercio Exterior (OCE´s) (Agentes de Aduana).

El SICE es un software de gestión empresarial, orientado hacia los (OCE´s), que tiene como finalidad el trasmitir información a la CAE, compuesta de transacciones realizadas tanto por el importador como el exportador, basándose en Convenios, Ley, Reglamentos, Métodos de Valoración y Términos de Negociación junto a los Aranceles.

 

Características de la Aplicación

1)       Sistema Local.- Trabaja o se instala en un Computador o PC (Cliente/Servidor). Toda funciona en la misma red.

2)       Sistema desarrollado con herramientas Visual Studio y SQL (Base de Datos).

3)       Multiempresa (Agente de Aduana).

4)       Multiusuario (Aplicación acepta muchos usuarios).

5)       Cumplen estándares de aduana.

6)       Sistemas de constantes cambios y actualizaciones. Diferentes boletines        diarios

7)       Las aplicaciones son desarrolladas por empresas privadas.

8)       La información es tomada de fuentes externas. Ejemplos: Registros oficiales, decretos, resoluciones (COMEXI), Aduana, Entidades Públicas.

9)       Utilizan correos seguros para transmisiones electrónicas.

10)   No se puede ejecutar desde cualquier lugar.

  • Sistema Interactivo de Comercio Exterior (Aduana)

1)       Desarrollado por la Entidad Pública.

2)       La información es tomada de fuentes externas. . Ejemplos: Registros oficiales, decretos, resoluciones (COMEXI), Aduana, Entidades Públicas.

3)       A nivel técnico el SICE (Aduana) es un Sistema basado en la web (INTRANET/ENTRANET).

4)       Todos los procesos se basan en Internet.

5)       Se puede ejecutar desde cualquier lugar.

6)       Al estar en Internet el riesgo de inseguridad es alto.

 

Ademas conozco sitemas q sirven para el despacho de mercancias que son:

Empresa: Pudeleco 

Nombre: Aduanet

  • Ecomin
  • Quality soft
  • Opti Soft

 


 

 

 

 

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TRAMITES ADUANEROS – CERO PAPELES


En el Ecuador existe un proyecto para reformar la ley orgánica la Ley Orgánica de Aduanas y su reglamento, su principal objetivo es agilizar los procesos de tramitación y formalidad aduanera, es por esto que uno de los principales cambios que se quiere dar a la LOA es la desaduanización cero papeles con un control posterior según el perfil de riesgo.

Esta reforma se debería llevar a cabo lo más pronto posible, ya que el comercio exterior del Ecuador no puede rezagarse de los sistemas comerciales mundiales.
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