La avena es un cereal de la familia de las gramíneas cuyas semillas son ricas en varios nutrientes. Esta familia incluye otros granos que también forman parte de la dieta básica de los humanos desde hace siglos, como el trigo, el arroz, el maíz, la cebada, el sorgo y el centeno, entre otros Las propiedades de la avena para tratar trastornos digestivos se conocen desde tiempos prehispánico. El β-glucano es la fibra soluble de la avena, que juega un rol clave en los posibles beneficios que este cereal puede aportar a la salud. Una de las características que esta fibra tiene, es que al estar en contacto con el agua genera una consistencia viscosa que ha demostrado que puede reducir los niveles de colesterol** y controlar los niveles de glucosa.
REGLAS GENERALES INTERPRETATIVAS Y CLASIFICACIÓN ARANCELARIA
Para determinar la clasificación arancelaria de la mercancía a nivel de partida, se toma en consideración las Reglas Generales Interpretativas del Sistema Armonizado:
RGI 1: Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes.
- De acuerdo a la RGI 1 se debe clasificar a la fécula de papa en:
Sección II: Productos del Reino Vegetal
Capítulo 11: Productos de la molinería; malta; almidón y fécula; inulina; gluten de trigo
Partida 11.04: Granos de cereales trabajados de otro modo (por ejemplo: mondados, aplastados, en copos, perlados, troceados o quebrantados), excepto el arroz de la partida 10.06; germen de cereales entero, aplastado, en copos o molido.
Aplicando la Regla General 6
RG6: La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida así como, mutatis mutandis, por las reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.
Se considera la Regla General Interpretativa 6 para la determinación de la clasificación arancelaria a nivel de subpartida analizando las notas explicativas para su correcta clasificación.
1104.12.00.00 - - De avena
Reglas Generales:
Los productos se clasifican en las partidas 11.01 u 11.02 cuando el porcentaje en peso que pase por un tamiz de tela metálica con abertura de malla correspondiente a la indicada en las columnas (4) ó (5), según los casos, sea superior o igual al indicado para cada cereal.
Notas Explicativas:
Esta partida comprende los granos de avena con su cascabillo (cascarilla), así como aquellos que en su estado natural no lo conservan, siempre que no hayan sido sometidos a procesos posteriores al trillado o aventado.
N.E. Pág 55, Cuarta Enmienda del Sistema Armonizado
Nivel de Restricciones y Prohibiciones
Restricciones: Los productos provenientes de los cereales deberán presentar un certificado fitosanitario, para prevención de plagas.
Prohibiciones: No aplica.
Tributos aduaneros
AD VALOREM | 30% |
IVA | 12% |
FODINFA | 0,5% |
ARANCEL ESPECÍFICO | 0% |
Conclusión:
Podemos concluir del análisis anteriormente realizado sobre su clasificación que, al estar sujeta a la Regla General Interpretativa 1 y 6 para la Interpretación de la Nomenclatura Arancelaria, la mercancía denominada “Avena” se la debe clasificar en la subpartida 11.04. Lo que nos permite conocer que esta partida comprende los granos de avena con su cascabillo (cascarilla).
Recomendaciones:
- Considerar las Notas Explicativas de esta subpartida, se entiende que comprende la avena siempre que no hayan sido sometidos a procesos posteriores al trillado o aventado. Lo que permite tener mejor entendimiento de la misma.
- Identificar bien y analizar lo que corresponde a cada capítulo para su correcta clasificación.
Dato Interesante
Al ser la avena un cereal de grano entero, conserva sus 3 partes intactas y mantiene su composición nutricional original.
Referencias
Comité de Comercio Exterior. (2017). Nomenclatura de Designación y Codificación de Mercancías del Ecuador. https://www.produccion.gob.ec/wp-content/uploads/2019/06/RESOLUCI%C3%93N-COMEX-020-2017.pdf%C2%A0
Servicio Nacional de Aduana del Ecuador. (2023). Consulta del Arancel. https://mesadeservicios.aduana.gob.ec/arancel/